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N° 48378/23 Aviso del Boletín Oficial

CUIDADO INTEGRAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 28 de junio de 2023

Texto del aviso

CUIDADO INTEGRAL S.A.

CUIT. 30717180328. Por Acta del 08/05/2023: a) Se Designó nuevo Director Suplente por renuncia del anterior:

la Sra. María Cecilia Calabró renuncia a su cargo y es aceptada por la asamblea y se designa a Laura Belén

MASUCCIO, DNI 36.295.478, como nueva directora quien acepta el cargo y constituye domicilio especial en la

Sede Social; y b) Reforma de Estatuto: por unanimidad aprobar la reforma del artículo 6 del Estatuto Social, el que

quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO SEXTO: Para la transmisión de las acciones, se establece

un derecho preferencial a favor de los socios, y en proporción a sus respectivas tenencias accionarias, si fueren

varios los interesados en adquirirlas. En caso de que algún socio resolviere vender sus acciones, deberá comunicar

al directorio su decisión, por escrito indicando el nombre del eventual comprador y el precio convenido. Esta

comunicación se pondrá en conocimiento de los socios en un plazo máximo de cinco días contados desde la fecha

de su recepción a fin de que puedan ejercer la opción que por la presente cláusula se les acuerda. Transcurridos

diez (10) días desde la fecha en que el socio comunicó al directorio su decisión de vender, sin que ninguno de los

socios restantes ejercitare la preferencia se tendrá por otorgada la conformidad para la venta de acciones a favor

de la persona indicada. En caso de fallecimiento o incapacidad declarada de cualquier Accionista, sus herederos

no se incorporarán a la sociedad, salvo el consentimiento expreso y unánime de los Accionistas supérstites.

En el supuesto que no se admita la incorporación de los herederos del Accionista fallecido, deberán unificar

personería, los restantes socios deberán adquirir las acciones del socio fallecido, pagando a los herederos que así

lo justifiquen, o al administrador de la sucesión el importe correspondiente al valor de las acciones determinado

por un balance especial al fin del mes en que se produzca el fallecimiento. En caso de divergencias, el precio de

las acciones será determinado por el promedio de valores que establezcan tres martilleros de plaza, debiendo

elegir uno de ellos, los herederos, otro los socios y un tercero que será designado por los otros dos martilleros que

actuará como árbitro.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 40 de fecha 15/06/2023 Reg. Nº 36

Romina Paola Guaragna - Matrícula: 5229 C.E.C.B.A.

e. 28/06/2023 N° 48378/23 v. 28/06/2023