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N° 6077/2022 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 33

Edictos Judiciales jueves, 29 de junio de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 33

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº17, Secretaría N° 33, sito en M. T. de Alvear 1840,

piso 3º -Of: 331-, de CABA, comunica por cinco (5) días que, en el marco de causa caratulada “LACEFE SRL s/

QUIEBRA” (Expte. N° 6077/2022), el 05.06.23 se decretó la quiebra de LACEFE SRL (CUIT N° 30-71166308-4)

inscripta en la IGJ con fecha 28/12/10, bajo el N° 11994 del Libro 135 de SRL, número correlativo IGJ: 1837890. La

sindicatura será ejercida por el Cdor. Silvio Ernesto Lauferman, con domicilio en: Av. Corrientes 4280 7° “C” CABA

(Teléfono: 4863-0212). Los acreedores deberán presentar hasta el 28.08.23 los títulos justificativos de sus créditos

al Síndico. La presentación de tales títulos deberá efectuarse de manera no presencial mediante la remisión de

las piezas correspondientes en formato PDF por correo electrónico a la dirección sinlacefe@gmail.com debiendo

los interesados estar para conocer los pormenores de la metodología fijada por el Juzgado a los términos de la

resolución de fs. 71 del 05.06.2023, la que puede visualizarse en la página de internet “www.pjn.gov.ar” o bien

directamente en “https://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam”, completando allí los datos requeridos de la causa, o

también consultar telefónicamente al Síndico. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel

previsto en el art. 32 de la ley 24.522, deberá adjuntarse el comprobante de pago correspondiente, que deberá

hacerse en la CBU 2590028820082270830149, del Banco Itaú, de titularidad de Silvio Ernesto Lauferman (DNI

08.209.177). De manera excepcional, los interesados que así lo soliciten podrán concordar día y hora para asistir

presencialmente a dejar o presentar sus insinuaciones conforme lo establece el art. 32 de la ley 24.522 al domicilio

de la sindicatura. El plazo para observar las insinuaciones vencerá el 18.09.23 (LCQ: 34). Se ha fijado el 31.10.23

para que el Síndico presente el informe individual (LCQ: 35) y el 29.12.23 para que presente el informe general

(LCQ: 39). Hácese saber que: a) la fallida deberá entregar al síndico dentro de las 24 hs. sus libros de comercio

y demás documentación relacionada con su contabilidad; b) quienes tengan en su poder bienes de la fallida,

deberán ponerlos a disposición de la Sindicatura, en el plazo de 72 hs., bajo apercibimiento girar actuaciones

a Sede Penal; c) se encuentra prohibido hacer pagos a la fallida y recibir pagos de aquélla, los que en su caso

serán considerados ineficaces; y d) se intima a la fallida y a sus administradores para que, dentro de las 48 hs.,

constituyan domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado. Dado,

sellado y firmado en Buenos Aires, junio de 2023. FEDERICO A. GÜERRI Juez - Mariano Cuccarese Secretario

e. 29/06/2023 N° 48538/23 v. 05/07/2023