N° 49316/23 Aviso del Boletín Oficial
FLY TDF S.A.
Texto del aviso
FLY TDF S.A.
(33-71733208-9) Por resolución unánime de la Asamblea, en fecha 20/03/2023 se resolvió modificar el artículo
tercero del estatuto social, para que el mismo quede redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO:
Objeto Social. La sociedad tiene por objeto llevar a cabo actividades de inversión en sociedades o entidades
jurídicas de cualquier naturaleza vinculadas a la difusión de contenido informativo, periodístico, publicitario,
artístico u otro, por cualquier medio de comunicación, por cuenta propia, o en representación de terceros o
asociada a terceros, en la República Argentina o en el exterior, de acuerdo con los límites fijados por las leyes y
reglamentaciones vigentes y con sujeción a las mismas; podrá tomar participaciones en sociedades, empresas o
negocios de cualquier naturaleza mediante la creación de sociedades o incorporación a sociedades o empresas
unipersonales constituidas o a constituirse, o contratos asociativos y/o negocios en participación, mediante aportes
de capital en dinero y/o en especies y/o suscripción y/o compra y/o venta de títulos, participaciones, acciones,
cuotas, bonos, obligaciones negociables, convertibles o no, y/o debentures, y toda clase de valores mobiliarios
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.201 - Segunda Sección 7 Viernes 30 de junio de 2023
creados o a crearse, otorgamiento de créditos en general, con o sin garantías reales, a corto plazo o largo plazo,
de hipotecas, prendas y demás derechos reales o de cualquier otra forma de las permitidas por ley, podrá dar
y tomar préstamos y financiaciones en general, realizar toda clase de operaciones de inversión, crediticias o
financieras pudiendo actuar asimismo como fiduciante, fiduciaria, beneficiaria y/o fideicomisaria en fideicomisos
de conformidad con lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación. Se exceptuarán especialmente
las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra por la que se requiera el concurso
público. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto, así como
también realizar cualquier acto conexo o vinculado con la actividad.” Autorizado según instrumento privado Acta
de Asamblea de fecha 20/03/2023
Francisco Stéfano - T°: 145 F°: 323 C.P.A.C.F.
e. 30/06/2023 N° 49316/23 v. 30/06/2023