N° 49351/23 Aviso del Boletín Oficial
MESURE S.R.L.
Texto del aviso
MESURE S.R.L.
CUIT 30-70115561-7. Dando cumplimiento con la Resolución 3/20 y 10/2021 de IGJ; según Oficio Judicial de fecha
5/5/2023 y su ampliatorio de fecha 22/06/2023, expedidos por el Juzgado Civil y Comercial número 15 del Depto.
Judicial de San Isidro, Prov. Bs. As., a cargo del Dr. Mariano Luis Vieyra, resultó: I) Declaratoria de Herederos: autos:
“AGNOLETTI, Ricardo Ramón s/sucesión Ab Intestato” Expediente SA-8975-2022 en trámite en el Juzgado citado,
resulto que por fallecimiento de Ricardo Ramón AGNOLETTI, le suceden en carácter de universales herederos sus
hijos, Ana Maria Beatriz, Fidel Fernando y Esteban Ignacio AGNOLETTI y DI BARTOLO, y su cónyuge Dina Sara
DI BARTOLO, en cuanto a los bienes propios si los hubiese, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda
con respecto a los gananciales. II) Cesión onerosa de derechos hereditarios sobre cuotas sociales: Ana Maria
Beatriz AGNOLETTI, Fidel Fernando AGNOLETTI, y Dina Sara DI BARTOLO CEDEN y TRANSFIEREN a favor de
Esteban Ignacio AGNOLETTI todos los derechos y acciones hereditarios propios y gananciales que tienen y les
corresponden o pudiera corresponderles, en la sucesión de su cónyuge y padre Ricardo Ramón Agnoletti, en
los autos citados, con relación a la totalidad de las CUOTAS SOCIALES que el causante tenía en la sociedad.
Cuadro de suscripción de cuotas: anterior a la declaratoria de herederos, Ricardo Ramón AGNOLETTI- 14 cuotas
gananciales, posterior a la declaratoria: Dina Sara DI BARTOLO: 7 cuotas; Ana Maria Beatriz Agnoletti: 2,34 cuotas;
Fidel Fernando AGNOLETTI: 2,33 cuotas; Esteban Ignacio AGNOLETTI: 2,33 cuotas; posterior a la cesión de
derechos: Esteban Ignacio AGNOLETTI: 14 cuotas. CAPITAL SOCIAL PESOS VEINTE MIL ($ 20.000), dividido en
VEINTE cuotas de MIL PESOS ($ 1000) valor nominal cada una y con derecho a un (1) voto por cuota. Autorizado
según instrumento privado oficio judicial de fecha 05/05/2023
ROMINA ISABEL GARCIA DOCAMPO - T°: 138 F°: 848 C.P.A.C.F.
e. 30/06/2023 N° 49351/23 v. 30/06/2023