N° 94/2002 Aviso del Boletín Oficial
VIVA LA LIBERTAD
Texto del aviso
VIVA LA LIBERTAD
El Juzgado Federal número 1 con Competencia Electoral, Distrito Córdoba, a cargo del Juez Federal Subrogante,
Dr. Alejandro Sanchez Freytes, Secretaría Electoral a cargo del Dr. Guillermo Pablo Fernández, hace saber que en
los autos caratulados: “VIVA LA LIBERTAD S/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL”, Expte. Nº CNE
5589/2023, se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, junio de 2023. Y VISTOS: Estos autos caratulados:
“IGNACIO JAVIER LLARENS Y OTRO S/ RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL – LA LIBERTAD AVANZA”
(Expte. CNE 5589/2023), de los que resulta: Que, con fecha 31/05/2023, comparecen ante el Tribunal, Ignacio
Javier Llarens, Jorge Rafael Scala y María Celeste Ibañez, en su carácter de apoderados de la Alianza denominada
“LA LIBERTAD AVANZA”, integrada por las agrupaciones políticas “PARTIDO DEMÓCRATA” y “MOVIMIENTO DE
INTEGRACIÓN Y DESARROLLO”. Que, sin perjuicio de ello con fecha 14/06/2023, comparecen nuevamente ante
el Tribunal, Ignacio Javier Llarens CUIL 20-29609396-4, Jorge Rafael Scala CUIL 20-12888517-0, María Celeste
Ibañez CUIL 23-17157843-4, acompañados en esta oportunidad por Joaquín María Ferreyra Agüero CUIL 20-
32203673-7; Martín Gonzalo Lopardo Silva CUIL 20-21471472-9 y María Celeste Ponce CUIL 27-32901681-7 en su
carácter de apoderados de la Alianza denominada “LA LIBERTAD AVANZA”, integrada, de conformidad al Acta
acompañada en esta oportunidad, por las agrupaciones políticas “PARTIDO DEMÓCRATA”; “MOVIMIENTO DE
INTEGRACIÓN Y DESARROLLO” y “UNION CELESTE Y BLANCO”, a fin de iniciar el trámite de reconocimiento de
la misma, en los términos del art. 10 de la Ley 23.298, con motivo de su participación en las elecciones Primarias,
Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del próximo 13/08/2023, los comicios generales a llevarse a cabo el 22/10/2023
y eventual segunda vuelta del día 19/11/2023. Que, con fecha 26/06/2023, en autos caratulados “PETETTA, RUBEN
DANIEL, S/ RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL – LA LIBERTAD AVANZA”, se resolvió reconocer como
alianza transitoria de Distrito a la Alianza integrada por las agrupaciones políticas de este Distrito, UNION DEL
CENTRO DEMOCRATICO y POPULAR. Que, en virtud de ello con misma fecha se resolvió no hacer lugar a la
solicitud de reconocimiento de la presente alianza con la denominación “LA LIBERTAD AVANZA”, en función de lo
cual con fecha 28/06/2023 se intimó a que en el término de 6 hs. proceda a la modificación de la denominación
pretendida. Que, con fecha 28/06/2023, los apoderados de la alianza cumplimentan y solicitan la asignación de la
denominación AVANZA LA LIBERTAD y en forma subsidiaria en caso que no pueda ser utilizado solicitan como
segunda opción el nombre VIVA LA LIBERTAD. Todo lo cual se encuentra ratificado con fecha 29/06/23 a las 10:07
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.203 - Segunda Sección 81 Martes 4 de julio de 2023
hs. Y CONSIDERANDO: I) Que, a tal fin, constituyen domicilio en calle 27 de Abril 351, 4° piso “b”, y en calle Urquiza
n° 34, ambos de esta Ciudad y domicilio electrónico con los CUILs arriba mencionados, acompañando Acta
Constitutiva, Actas de aprobación de cada partido integrante; Acuerdo Financiero; Domicilio Legal; Reglamento
Electoral y Plataforma Electoral. Que sin perjuicio que en el art. 5 del Anexo II se fijan 2 (dos) domicilios donde
funcionará la Junta Electoral, corresponder tener presente los 3 (tres) domicilios fijados en el artículo 16 del Acta
de Constitución de la alianza, esto es: 1. Calle 27 de Abril 351, 4° piso “b”. 2. Calle Urquiza N° 34. 3. Calle Ituzaingó
N° 94 -Piso 3° - Oficina 2, página Web (art. 3 del ANEXO II), y días y horarios de atención (art. 5 del ANEXO II). Que,
de conformidad al artículo 9° del Acta Constitutiva acompañada con fecha 14/06/2023, se designa como
Apoderados de la alianza a María Celeste Ponce DNI 32.291.681; Ignacio Javier LLarens DNI 29.609.396; Jorge
Rafael Scala DNI 12.888.517; Martín Gonzalo Lopardo Silva DNI 21.471.472; Joaquín María Ferreira Agüero DNI
32.203.673; María Cecilia Ibañez DNI 17.157.843; y Julian Esteban Carabajal Torres DNI 25.344.795. Que, el artículo
12° dispone la designación de Responsables Económicos Financieros a Marcelo Rafael Angeli, DNI N° 17.385.062
de conformidad a las previsiones del art. 32 de la ley 26.571 y a Gustavo Mario Manno, DNI 16.530.292, de
conformidad a las previsiones del art. 32 de la ley 26.571, y art. 27 de la Ley 26.215. Todo ello, en virtud de las
aceptaciones de cargo suscriptas ante éste Tribunal, con fechas 14 de junio y 21 de junio, respectivamente. Que,
en el art. 13° consta la designación de Maximiliano Camusso, DNI 29.275.875 como Responsable Técnico Titular
y Marcelo Filemón Carranza, DNI 24.884.853 como Responsable Técnico alterno. Que, en el art. 14° obra la
designación de Maximiliano Camusso, DNI 29.275.875 como Representante Tecnológico Titular y Angel Andrés
Micheli DNI 36.284.265, como Representante Tecnológico Alterno. Que en el art. 7° solicitan reserva de colores allí
mencionados, sin perjuicio de solicitar a la asignación de colores para ser utilizado en la boleta de sufragio. II) Que,
con fecha 19/06/2023 se tiene por presentada la Alianza de autos con la documental acompañada, y se ordena
notificar a las agrupaciones políticas reconocidas y en formación del Distrito y publicar por el término de tres días
en el Boletín Oficial de la Nación, a los fines de las oposiciones que pudieran formular a la denominación. III) Que,
en virtud de las solicitudes de denominación propuestas por la presente Alianza y a fin de evitar confusión en el
electorado con la ya reconocida Alianza de Distrito “La Libertad Avanza” (Expte. 5645/2023), este Tribunal entiende
que resulta conveniente proceder al reconocimiento de la agrupación de autos bajo la denominación “VIVA LA
LIBERTAD” integrada por políticas “PARTIDO DEMÓCRATA”; “MOVIMIENTO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO”
y “UNION CELESTE Y BLANCO”. IV) Que, ajustándose a derecho la documentación acompañada (Art. 10 de la Ley
N° 23.298 y Decretos 937/10; 443/11 y 776/15), procede el reconocimiento de la presente Alianza de distrito, con
todos los derechos y deberes que la ley consagra, debiendo en virtud de ello proceder a recaratular las presentes
actuaciones V) Que de conformidad a la Acordada N° 94/2002, dictada por la Excma. Cámara Nacional Electoral,
corresponde otorgarle el número quinientos seis (506) de identificación de registro. Por lo expuesto, RESUELVO:
1º) Reconocer como Alianza Electoral Transitoria de Distrito, para las elecciones del 13/08/2023 y 22/10/2023 y
eventual segunda vuelta el día 19/11/2023, en los términos del Art. 10 de la Ley N° 23.298, a la agrupación
denominada “VIVA LA LIBERTAD”, con derecho exclusivo al uso del nombre y demás atributos conferidos por la
Ley Orgánica de los Partidos Políticos, integrada por las agrupaciones “PARTIDO DEMÓCRATA”; “MOVIMIENTO
DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO” y “UNION CELESTE Y BLANCO” 2°) Tener por Apoderados de la alianza a
María Celeste Ponce DNI 32.291.681; Ignacio Javier LLarens DNI 29.609.396; Jorge Rafael Scala DNI 12.888.517;
Martín Gonzalo Lopardo Silva DNI 21.471.472; Joaquín María Ferreira Agüero DNI 32.203.673; María Cecilia Ibañez
DNI 17.157.843; y Julian Esteban Carabajal Torres DNI 25.344.795. 3°) Asignar el número quinientos seis (506), de
identificación de registro, conforme quedó establecido en el considerando respectivo. 4°) Tener presente la
Designación de los Responsables Económicos Financieros de Marcelo Rafael Angeli, DNI N° 17.385.062 de
conformidad a las previsiones del art. 32 de la ley 26.571 y a Gustavo Mario Manno, DNI 16.530.292, de conformidad
a las previsiones del art. 32 de la ley 26.571, y art. 27 de la Ley 26.215. Todo ello, en virtud de las aceptaciones de
cargo suscriptas ante éste Tribunal, con fechas 14 de junio y 21 de junio, respectivamente. 5°) Tener presente la
designación de Maximiliano Camusso, DNI 29.275.875 como Responsable Técnico Titular y Marcelo Filemón
Carranza, DNI 24.884.853 como Responsable Técnico alterno. 6°) Tener presente la designación de Maximiliano
Camusso, DNI 29.275.875 como Representante Tecnológico Titular y Angel Andrés Micheli DNI 36.284.265, como
Representante Tecnológico Alterno. 7°) Tener presente el acuerdo de distribución de fondos celebrado por las
agrupaciones que integran la presente Alianza Electoral Transitoria de Distrito. 8) Proceder por Secretaria a
recaratular las presentes actuaciones bajo la denominación “VIVA LA LIBERTAD S/RECONOCIMIENTO DE
ALIANZA ELECTORAL”. 9°) Tener presente la integración de la Junta Electoral de la alianza, por constituido el
domicilio electrónico de la Junta con CUIL N° 23-17154843-4 y CUIL 20-12888517-0. 10°) Remitir copia de la
Plataforma Electoral acompañada, a la Excma. Cámara Nacional Electoral, a sus efectos. 11°) Comunicar el
presente decisorio a la Excma. Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral, a los efectos previstos
por los Arts. 14 in fine y 39 de la Ley N° 23.298 y por el Art. 6 del Decreto N° 937/10, respectivamente. PROTOCOLICESE
Y HÁGASE SABER. – ALEJANDRO SANCHEZ FREYTES Juez - GUILLERMO PABLO FERNANDEZ SECRETARIO
e. 04/07/2023 N° 49959/23 v. 04/07/2023