N° 52466/23 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 16
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 8 - SECRETARÍA NRO. 16
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 8, a cargo del Dr. Javier J. Cosentino, Secretaría
Nro. 16 del Dr. Martín Cortés Funes, sito en Avda. Roque Sáenz Peña 1211, 7° Piso, de ésta Ciudad de Buenos
Aires, hace saber por CINCO DIAS que, en los autos caratulados “ESCUDO SEGUROS S.A S/ LIQUIDACION
JUDICIAL DE ASEGURADORAS” Expte Nro. 10711/2023, se ha decretado la liquidación judicial forzosa - con fecha
22 de Junio de 2023 - de “ESCUDO SEGUROS S.A” C.U.I.T 30-50005970-9, con domicilio en la calle San Martín
66, oficina 125, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cual se designó como Delegados Liquidadores
a los señores Ezequiel CARA (D.N.I. 29.594.911); Héctor Jorge GARCÍA (D.N.I. 18.414.665); Domingo Fortunato
GÓMEZ BISGARRA (D.N.I. 16.132.938); Andrea Susana ROJAS (D.N.I. 17.610.251); Hernán SAGARDOY ARCE
(D.N.I. 11.987.985); y Roberto José FALVO (D.N.I. Nº 17.359.033); con domicilio constituido en Av. Belgrano N° 926,
Piso 1° de esta Ciudad, los acreedores deberán presentar los pedidos de verificacion y los titulos justificativos de
sus creditos, hasta el dia 23 de octubre de 2023, a través del siguiente link o vinculo de acceso al sitio Web Google
Sites https://sites.google.com/view/escudo-seguros-s-a-liquidacion/procesos-activos. A los fines de abonar el
arancel verificatorio dispuesto por el Art. 32 LCQ, el mismos deberá transferirse a la cuenta N° 0002-008-016-
0877-0221-2, CBU: 02900759- 00216087702214, CUIT 30-99903208-3, del Banco Ciudad de Buenos Aires. La
Comisión Liquidadora presentara los informes previstos por los arts. 35 y 39 LCQ los dias 6 de Marzo de 2024 y 14
de Junio de 2024 respectivamente. Se intima a la entidad liquidada y a sus administradores para que cumplimenten
con los siguientes recaudos: a) entregar a la Comisión Liquidadora los libros, papeles y bienes que tuviere en su
poder, en el termino de 24 horas; b) se abstengan los administradores de salir del pais sin autorizacion previa del
juzgado (L.C :103). Se prohibe los pagos y/o entrega de bienes a la entidad liquidada so pena de considerarlos
ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y/o documentos de la entidad liquidada en su poder, para que los
pongan a disposición de la Comisión Liquidadora en el término de cinco días. Por último, se informa que a los 15
días de la fecha de la última publicación de edictos todas las pólizas emitidas por ESCUDO SEGUROS S.A., que
se encuentren a la fecha vigentes, serán rescindidas de manera automática (Conf. Art. 52 2do párrafo Ley 20.091).
JAVIER J COSENTINO Juez - MARTÍN CORTÉS FUNES SECRETARIO
e. 10/07/2023 N° 52466/23 v. 14/07/2023