N° 54752/23 Aviso del Boletín Oficial
NOVATION S.A.
Texto del aviso
NOVATION S.A.
Por Esc. 293 del 12-7-23 se constituyó la sociedad. Socias: Xiaodan Lin, china, 12/5/1978, DNI 94624921, CUIT 27-
94624921-7, domicilio en Castelli 330, 7° Piso, Depto. “14”, C.A.B.A.; Mulan Chen, china, 15/4/1988, DNI 94712673,
CUIT 27-94712673-9, domicilio en Paso 148, 3° Piso, C.A.B.A.; y Yumi Kato, japonesa, 29/1/1977, DNI 94996168,
CUIT 27-94993168-6, domicilio en Juan Domingo Perón 2630, 5° Piso, Depto. “D”, C.A.B.A.; todas solteras y
comerciantes. Plazo: 30 años. Objeto: a) la prestación y explotación de servicios informáticos y/o electrónicos y de
otros servicios vinculados a éstos; b) el desarrollo, difusión, representación y comercialización de archivos, bancos
de datos e información de todo tipo; c) la fabricación, importación, distribución y comercialización de productos,
equipos, insumos, contenidos o software de todo tipo; d) la prestación y explotación de bienes y/o servicios
relacionados con interfases de sonido, video o animación (“Multimedia”), sistemas de redes externas (“Internet”)
y todo tipo de sistema de transmisión de datos y/o audiovisual y/o de correo electrónico, incluyendo con carácter
enunciativo: el diseño y programación de software para venta de productos Multimedia; servicio creativo de
animación computarizada en todas sus fases; edición de video; digitalización de imágenes, video y sonido; diseño,
implementación y puesta en marcha de sistemas de redes internas (“Intranets”) para empresas; creación, diseño
e implementación de espacios en Internet (“Web Site”) para la venta de publicidad, bienes y/o servicios a través
de Internet mediante sistemas interactivos; e) la compra, comercialización, venta, distribución, representación,
importación y/o exportación de bienes y/o servicios relacionados con las actividades precedentemente enunciadas;
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.212 - Segunda Sección 13 Lunes 17 de julio de 2023
f) el mantenimiento, reparación y asesoramiento técnico relacionado con las actividades precedentemente
enunciadas; g) realizar gestiones de cobranzas y/o de pagos y aceptar y ejecutar mandatos para realizar y recibir
cobranzas y/o pagos por cuenta y orden y/o a nombre de terceros a través de sistemas de transferencia electrónica
por Internet y/o cualquier otro medio de pago; h) otorgar todo tipo de garantías, tales como aval, fianza, obligación
solidaria, hipoteca, prenda o fideicomiso, ya sea para garantizar obligaciones propias o de terceros en los que
la sociedad tenga un interés o participación o con los que la sociedad guarde alguna relación de negocios o una
relación comercial; y i) conceder, promover y administrar préstamos o contratos de crédito de cualquier tipo y
realizar todo otro tipo de operación financiera que la legislación autorice que no esté reservada en exclusividad
para las sociedades comprendidas en la Ley N° 21.526 -y sus modificatorias y reglamentaciones- y toda otra por
la que se requiera ahorro público y autorización de autoridad pública; emitir, descontar, comprar y vender letras
de cambio, pagarés, obligaciones negociables, facturas, cheques, y otros títulos valores o valores negociables
típicos o atípicos; realizar operaciones de derivados sólo con finalidad de cobertura; realizar operaciones de
leasing financiero; establecer servicios de atención al cliente y/o cobranza judicial y extrajudicial y/o plataformas
tecnológicas que permitan implementar o dar apoyo a sus actividades financieras. Capital: $ 10.000.000 dividido
en 10.000 acciones de $ 1.000 cada una. Suscripción: Xiaodan Lin, 7.000 acciones; Mulan Chen, 2.000 acciones;
y Yumi Kato, 1.000 acciones. Presidente: Mulan Chen; Vicepresidente: Xiaodan Lin; Directora Titular: Yumi Kato.
Directores Suplentes: Hang Lin, Chen Bin y Toshiyuki Kato, todos con domicilio especial en sede social. Sindicatura:
prescinde; Cierre de ejercicio: 31/12; Sede: Moreno 3.160, 1° Piso, C.A.B.A. Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 293 de fecha 12/07/2023 Reg. Nº 1575
Rodrigo Monti - T°: 68 F°: 764 C.P.A.C.F.
e. 17/07/2023 N° 54752/23 v. 17/07/2023