N° 58256/23 Aviso del Boletín Oficial
BRTZ S.A.
Texto del aviso
BRTZ S.A.
CUIT 30-71700542-9. Comunica que por: Acta de Asamblea General Extraordinaria unánime del 16/12/2022, se
ha decidido aumentar el capital social a la suma de pesos $ 302.500.000 mediante la capitalización de aportes
irrevocables de capital representado por treinta mil doscientos cincuenta acciones ordinarias nominativas no
endosables, con derecho a un voto cada una, con valor nominal de mil pesos ($ 1000) por acción y la modificación
de los artículos: cuarto, octavo, decimo primero y décimo segundo del estatuto social. Los artículos quedan
redactados de la siguiente manera: ARTÍCULO CUARTO: El capital social se fija en la suma de trescientos dos
millones quinientos mil pesos ($ 302.500.000), representado por treinta mil doscientos cincuenta acciones
ordinarias nominativas no endosables, con derecho a un voto cada una, con valor nominal de mil pesos ($ 1000)
por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su
monto, sin requerir nueva conformidad administrativa. ARTÍCULO OCTAVO: La administración y representación
de la sociedad estará a cargo del directorio integrado por uno a cinco miembros titulares, pudiendo la asamblea
designar igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su designación.
El término de su elección será de tres (3) ejercicios y son reelegibles. La asamblea fijará el número de directores, así
como su remuneración. El directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros titulares
y resuelve por mayoría de los presentes; en caso de empate el presidente desempatará votando nuevamente.
En caso de pluralidad de titulares podrá designarse un vicepresidente que suplirá al presidente en su ausencia
o impedimentos. Las reuniones del directorio podrán llevarse a cabo en forma presencial o a distancia mediante
la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: La sociedad será
fiscalizada por una sindicatura integrada por un síndico titular y un síndico suplente que serán elegidos por la
asamblea por el termino de tres ejercicios. Podrán ser reelegidos. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: Toda asamblea
debe ser citada para la primera y segunda convocatoria en la forma establecida para la primera por el artículo 237
de la ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de la asamblea unánime. La asamblea en segunda
convocatoria ha de celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la primera y podrá ser presencial
o llevarse a cabo a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales. Autorizado
según instrumento privado ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA Nº5 de fecha 16/12/2022
GABRIELA SANDRA ANTONELLI MICHUDIS - T°: 43 F°: 732 C.P.A.C.F.
e. 28/07/2023 N° 58256/23 v. 28/07/2023