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N° 58414/23 Aviso del Boletín Oficial

LITEBOX S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 31 de julio de 2023

Texto del aviso

LITEBOX S.R.L.

CUIT 30-71558625-4. Por acta de reunión de socios del 6/7/2023 se resolvió: 1) aceptar la renuncia del gerente

Guillermo GONZALEZ ALEMAN; 2) Reformar art. 9 del contrato social, quedando redactado así: “ARTICULO

NOVENO: Resoluciones. Las resoluciones sociales se adoptarán en la forma dispuesta por el artículo 159, primer

apartado, segundo párrafo, de la Ley General de Sociedades. Rigen las mayorías establecidas en el artículo 160

de dicha Ley y cada cuota dará derecho a un voto. Toda comunicación o citación a los socios se hará por correo

electrónico, a los domicilios electrónicos denunciados ante la entidad. En el caso de no obtenerse la confirmación

de su recepción dentro de los 5 (cinco) días corridos de remitido, deberá convocárselos por cualquier medio

fehaciente a los domicilios informados por los socios con una anticipación de por lo menos quince (15) días

corridos a la celebración del acto. Cualquier cambio en los domicilios como en los correos electrónicos deberá

ser notificado por los socios por correo electrónico a la sociedad: partners@litebox.ai. En el caso de no obtenerse

la confirmación de su recepción dentro de los 5 (cinco) días corridos de remitido, deberá notificarlo a la sociedad

mediante cualquier medio fehaciente en la sede social. Para el caso particular de los correos electrónicos, deberán

dar acuse de recibo de la notificación respondiendo el correo a quien los haya notificado. Con las citaciones se

remitirá copia de la documentación a tratar, así como del respectivo orden del día. Modalidades de reunión: En un

todo de conformidad con la Resolución General 11/2020 de la IGJ se establece que tanto las sesiones ordinarias

como las extraordinarias se pueden efectuar: (a) de forma presencial; (b) de forma remota, a través de medios o

plataformas digitales o informáticas, entendiéndose que el acto asambleario se celebra dentro de la jurisdicción,

en dichas reuniones a distancia del órgano de administración o de gobierno se debe utilizar medios que les

permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos, en dichas reuniones se debe garantizar:

1. La libre accesibilidad de todos los participantes a las mismas; 2. La posibilidad de participar de la reunión a

distancia mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video; 3. La participación

con voz y voto de todos los miembros y del órgano de fiscalización, en su caso; 4. Que la reunión celebrada

de este modo sea grabada en soporte digital; 5. Que el representante conserve una copia en soporte digital

de la reunión por el término de 5 años, la que debe estar a disposición de cualquier socio que la solicite; 6.

Que la reunión celebrada sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las

personas que participaron y estar suscriptas por el representante social. 7. La convocatoria se comunicará a los

mails denunciados por el miembro al aceptar su cargo, debiendo informar de manera clara y sencilla cuál es el

medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de permitir dicha participación; (c) de

forma híbrida, es decir algunos se reúnen de modo presencial y otros participan de manera remota, cumpliendo

con los recaudos previstos en los puntos anteriores del presente artículo. Se rige supletoriamente en todo lo que

no esté expresamente previsto en este estatuto por los artículos 159 y 160 de la Ley de Sociedades Comerciales y

el artículo 84 de la Resolución 7/2015.” 3) Cambio de Sede Social fijándose en Virrey Liniers 71, piso 1 A C.A.B.A.

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.222 - Segunda Sección 37 Lunes 31 de julio de 2023

El cambio de sede social no importa modificación del Estatuto. Autorizado según instrumento privado Certificado

Notarial de fecha 27/07/2023

florencia giunta - Matrícula: 5499 C.E.C.B.A.

e. 31/07/2023 N° 58414/23 v. 31/07/2023