N° 60200/23 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO 28 - SECRETARÍA NRO. 55
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO 28 - SECRETARÍA NRO. 55
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 28, a cargo de la Dra. María José Gigy Traynor,
Secretaría N° 55, a mi cargo, sito en la calle Montevideo 546 3° piso de C.A.B.A., comunica por dos días en
el Boletín Oficial en los autos “Nexo Pharmaceutical Group S.A. s/Quiebra s/Incidente de Venta” Expte.Nro.
20504/2018/6, que el martillero Carlos Alejandro Menéndez (Cuit 20-14626733-6) rematará el 31 de agosto de 2023
a las 11:45 hs. puntual en calle Jean Jaures 545, C.A.B.A., los siguientes Certificados de Especialidad Medicinal:
N° 55947: pantoprazol sódico sesquihidratado -incluye sus dos variantes-, N° 53390: carboximetilcelulosa sódica,
N° 54854: omeprazol sódico -incluye sus tres variantes-, N° 45093: omeprazol y N° 54067: ciprofloxacino -incluye
sus dos variantes de titularidad de Nexo Pharmaceutical Group S.A., CUIT 30-70735437-9. Condiciones de venta:
al contado, en efectivo y al mejor postor. Bases: U$S 1.300.- cada certificado de especialidad medicinal. De no
haber interesados, una vez transcurrida media hora los certificados serán subastados sin base. El precio de
venta puede ser abonado por quien resulte adquirente en subasta en dólares estadounidenses billete o en su
caso, mediante el pago en moneda de curso legal a la cotización promedio entre comprador y vendedor que
exprese al día del remate el portal “dólarhoy.com” para el denominado “dólar contado con liquidación”. Deberá
abonarse la totalidad del precio de venta en el acto del remate más comisión del 10% y el arancel de subasta del
0,25% correspondiente a las Acordadas 10/99 y 24/00 CSJN. De acuerdo a lo dictaminado por la AFIP, la venta
de los certificados se encuentra exenta del pago de IVA. Se hace saber que fue admitida excepcionalmente la
compra en comisión y la cesión del boleto de compraventa y que el destinatario final de los certificados deberá
estar debidamente habilitado ante la ANMAT en los términos de la Ley Nº 16.463 y sus normas reglamentarias y
complementarias en el rubro especialidades medicinales, poseer Certificado de Inscripción de Establecimiento
en el referido rubro y su número de legajo que acredite dicha inscripción en el registro, rigiéndose la transferencia
de titularidad de dichos certificados por la Ley 16463 y lo dispuesto en la Disposición 858/1989 y Circular 6/16 de
ANMAT y normas reglamentarias. El adquirente, en el acto del remate, deberá anunciar el nombre del poderdante,
en caso de invocar poder, el cual deberá ser exhibido al martillero en el acto. Se hace saber a los interesados que
por las deudas por todo concepto que registren los certificados anteriores a la declaración de quiebra deberán
presentarse a iniciar el correspondiente incidente de verificación de crédito. En cuanto a las posteriores a tal
fecha y hasta que el comprador haya podido razonablemente inscribir los certificados a su nombre, deberán
comparecer en el presente proceso acompañando la documentación pertinente que acredite su acreencia y, previa
comprobación de sus importes por parte del síndico, serán satisfechas a tenor de lo dispuesto por la LC. 240. Con
respecto a las deudas posteriores a la inscripción que deberá ser efectivizada por el adquirente dentro de los diez
días de aprobada la subasta, serán a cargo del comprador. Para participar del remate los interesados deberán
inscribirse previamente a través de la web www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficina de Subastas-Trámites: turnos
registro, y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 PB, CABA, con el formulario que indica
el mencionado sitio. El presente edicto deberá publicarse sin previo pago (LC: 273: 8). Buenos Aires, 31 de julio de
2023. PABLO DEMIÁN BRUNO SECRETARIO
e. 04/08/2023 N° 60200/23 v. 07/08/2023