N° 62427/23 Aviso del Boletín Oficial
EMPRESA DISTRIBUIDORA ELECTRICA REGIONAL S.A.- EMDERSA
Texto del aviso
EMPRESA DISTRIBUIDORA ELECTRICA REGIONAL S.A.- EMDERSA
Empresa Distribuidora Eléctrica Regional SA (EMDERSA), CUIT 30-69230426-4 - Energía Riojana S.A, CUIT 30-
71401885-6
30-69230426-4, “A los fines dispuestos por el artículo 83 de la Nº 19.550, se hace saber por tres días que “Energía
Riojana S.A.”, por Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 2 de Agosto de 2023, en su carácter de
sociedad absorbente, con sede social en la calle Buenos Aires 73, 2º piso C de la Ciudad de La Rioja, que obtuvo
la conformidad administrativa de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas por Disposición I.P.J.
Nº 438 del 19 de diciembre de 2012 y se registró en el Registro Público de Comercio de La Rioja el 21 de marzo
de 2013 en los folios 370 a 386 del Libro Nº 67 y “EMDERSA” por Acta de Asamblea General Extraordinaria de
fecha 10 de agosto de 2023, en su carácter de sociedad absorbida, con sede social en Avenida Callao 745 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscripta en la Inspección General de Justicia, el 3 de septiembre de 1997,
bajo el número 9757 del Libro 122, Tomo A de Sociedades Anónimas, aprobaron un Compromiso Previo de Fusión
suscripto el 15 de junio de 2023 y resolvieron que EMDERSA se disuelva, sin liquidarse, para ser absorbida en su
totalidad por Energía Riojana S.A. en los términos de los artículos 82, 83 y concordantes de la Ley Nº 19.550. La
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.231 - Segunda Sección 37 Viernes 11 de agosto de 2023
fusión se realizó sobre la base del Estado de Situación Financiera Especial para Fusión de Energía Riojana S.A y
EMDERSA al 31/03/2023, de los que resultan las siguientes valuaciones patrimoniales a dicha fecha: EMDERSA:
a) Patrimonio antes de la fusión. Activo: $ 182.160.328; Pasivo: $ 20.136.889; Patrimonio Neto: $ 162.023.439; y
b) Después de la fusión EMDERSA se habrá disuelto sin liquidarse. Energía Riojana S.A..: a) Patrimonio antes
de la fusión. Activo: $ 2.282.189.240; Pasivo: $ 1.044.716.583; Patrimonio Neto: $ 1.237.472.657; y b) Patrimonio
después de la fusión. Activo: $ 2.337.051.260; Pasivo: $ 1.064.853.472; Patrimonio Neto: $ 1.272.197.788. Como
consecuencia de la fusión: (i) Energía Riojana S.A. aumenta su capital social en la suma de $ 34.720.176, es decir
de la suma de $ 662.857.450 a $ 697.577.626 mediante la emisión de 9.840.523 acciones ordinarias, nominativas,
no endosables Clase A de valor nominal UN PESO CON OCHENTA ($ 1,80) con derecho a DOS (2) votos cada una
y 9.448.464 acciones ordinarias, nominativas, no endosables Clase B de valor nominal UN PESO CON OCHENTA
($ 1,80) con derecho a DOS (2) votos cada una y modifica el artículo 6° de su Estatuto Social; (ii) Relación de
Canje: 0,7530 acciones ordinarias, nominativas, no endosables Clase A y 0,7230 acciones ordinarias, nominativas,
no endosables Clase, ambas de Energía Riojana S.A., por cada acción ordinaria, escritural de EMDERSA. A los
efectos del canje se establece que cuando la cantidad de acciones de Energía Riojana S.A. a entregar, por la Clase
de que se trate, sea una fracción las acciones inferiores a CERO COMA CINCUENTA (0,50) se ajustarán al número
primario inferior y las iguales o superiores a tal fracción se ajustarán al número primario superior; (iii) Derecho de
Receso: Los accionistas de EMDERSA podrán ejercer el derecho de receso conforme lo dispuesto por el art. 245
párrafo 2° de la LGS. El accionista recedente recibirá la suma de $ 2,658 por cada acción ordinaria escritural de
EMDERSA, de valor nominal $ 1 y con derecho a un voto por acción en los términos establecidos en el art. 245
LGS; y (iv) EMDERSA se disuelve sin liquidarse. Reclamos de Ley: Avenida Callao 745, C.A.B.A., de lunes a viernes
de 10 a 17 hs.”
Autorizado por ambas sociedades por Acta de Directorio 396 del 12/05/2023 de EMDERSA y Acta de Directorio 57
del 14/06/2023 de Energía Riojana S.A.
Designado según instrumento privado ACTA DIRECTORIO 396 de fecha 12/05/2023 ALFREDO PEDRALI -
Presidente
e. 11/08/2023 N° 62427/23 v. 15/08/2023