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N° 6911/2020 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30- SECRETARÍA NRO. 59

Edictos Judiciales viernes, 18 de agosto de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30- SECRETARÍA NRO. 59

Se hace saber que en los autos Asociación Civil Usuarios y Consumidores (UCU) c/ Banco de Galicia y Buenos

Aires S.A.U. s/ ordinario” Expte. COM N° 6911/2020, que tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera

Instancia en lo Comercial N° 30, Secretaría N° 59, las partes han arribado a un acuerdo transaccional en virtud del

cual el Banco reintegrará a los clientes y ex clientes que percibieran el IFE por su intermedio entre el 01/4/2020 y

el 31/08/20 (en adelante los “Usuarios Beneficiarios”) que surge del Anexo agregado al expediente: i) los intereses

sobre el descuento respectivo calculados conforme la tasa activa del Banco de la Nación para operaciones de

descuento de documentos a treinta días por el lapso transcurrido entre el momento que se realizó el descuento y

su restitución; ii) los intereses sobre el concepto anterior; y iii) una bonificación del 30% sobre el primer concepto.

El importe total a desembolsar por el Banco es de Pesos tres millones trescientos sesenta y ocho mil quinientos

sesenta y seis con 44/100 (ARS 3.368.566,44). Dentro de los sesenta días corridos de quedar firme la resolución

homologatoria, el Banco restituirá a los Usuarios Beneficiarios que continúan siendo clientes con cuentas en

pesos activas a la vista las sumas que les corresponden, por medio de acreditación en cuenta. Las acreditaciones

a favor de los ex Clientes se hará través de la Cámara Electrónica de Compensación de Medios de Pago Minorista

de la República Argentina y por transferencia a los titulares de billeteras virtuales para lo que deberán informar el

CVU correspondiente por los beneficiarios finales. Los ex clientes que carezcan de cuenta y de billeteras virtuales,

tendrán 60 días desde la última publicación de edictos en la web del Banco para contactarse a través de la dirección

de correo electrónico gestionife@bancogalicia.com.ar a fin que el Banco les informe la Sucursal más cercana a

su domicilio a la cual podrán concurrir para percibir por caja el importe individual que les corresponda, mediante

acreditación de su identidad (DNI). Para el caso de existir beneficiarios del IFE que sufrieron descuentos pero que

no estén en el listado, la homologación no hará cosa juzgada a su respecto. Además, se hace saber que el acuerdo

no será oponible a las personas que ya se excluyeron al presente proceso, a aquellos que manifiesten su voluntad

de no quedar comprendidos en éste mediante la presentación en el expediente o por correo electrónico dirigido a

jncomercial30.sec59@pjn.gov.ar dentro de los 40 días corridos desde la publicación del edicto en el Boletín Oficial

(que deberá ser simultánea con la notificación por correo electrónico); ni a los que no surjan del listado adjuntado.

No se requerirá patrocinio jurídico o fundamentación, ni será sustanciada. La solicitud surtirá efectos desde que

sea tenida presente por el Tribunal. Los términos íntegros del acuerdo y el listado de beneficiarios podrán ser

consultados a través del sitio web https://www.galicia.ar/personas/acciones-colectivas/accion-colectiva-ucu.y

mediante la consulta del expediente con su número en: http://scw.pjn.gov.ar. Cualquier consulta vinculada al

acuerdo podrá ser dirigida a la dirección de correo electrónico gestionife@bancogalicia.com.ar. Buenos Aires, 09

de Agosto de 2023. Sebastián I. Sánchez Cannavó Juez - Juan Martín Arecha Secretario

e. 17/08/2023 N° 63813/23 v. 18/08/2023