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N° 69236/23 Aviso del Boletín Oficial

GLOBAL TACTICAL S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 1 de septiembre de 2023

Texto del aviso

GLOBAL TACTICAL S.R.L.

CUIT 33-71729384-9. Por reunion de socios del 2.8.2023 se reformo objeto: ARTICULO 4: La sociedad tendrá

por objeto la realización por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero las

siguientes actividades: i) la prestación, a requerimiento, de servicios de seguridad y vigilancia privada y preventiva

contra siniestros de cualquier tipo de fábricas, talleres, depósitos, almacenes, oficinas, viviendas, locales, playas,

establecimientos comerciales, bancarios, instituciones de bien público o asociaciones privadas pertenecientes al

ámbito público o privado; ii) traslado y custodia de valores y/o caudales, iii) Custodias personales, mercaderías

en tránsito y en depósitos: acompañamiento y la protección de personas y/o bienes en la vía pública, y en los

lugares que se depositen. iv) la compraventa, fabricación, importación, exportación, instalación, mantenimiento

y reparación de toda clase de bienes y sistemas mecánicos, electrónicos, relacionados directa o indirectamente

con la seguridad y vigilancia; v) la capacitación a través de cursos, conferencias o seminarios, destinados a la

enseñanza de métodos y técnicas en la ejecución de las actividades que integran el presente artículo. En la provincia

de Buenos Aires, la sociedad solamente se dedicara a las actividades establecidas por el artículo 2 de la ley 12.297

o las que en su consecuencia se dicten, es decir: a) vigilancia y protección de bienes; b) escolta y protección de

personas; c) Transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado licito, a excepción del traslado

de caudales; d) Vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros

eventos o reuniones análogas; e) Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o desincriminar

a una persona siempre que exista una prosecución penal en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y

tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal. Para el cumplimiento de los fines

sociales, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con su

objeto Autorizado según instrumento privado ACTA de fecha 02/08/2023

Santiago Roque Yofre - T°: 58 F°: 544 C.P.A.C.F.

e. 01/09/2023 N° 69236/23 v. 01/09/2023