N° 69846/23 Aviso del Boletín Oficial
HUGO TORBIDONI Y COMPAÑÍA S.R.L.
Texto del aviso
HUGO TORBIDONI Y COMPAÑÍA S.R.L.
CUIT 30-52976001-5. Por acta del 4/8/2023 se reformo el artículo quinto del contrato social a fin de modificar
la forma de representación legal de la sociedad y adecuar la garantía que deben prestar los gerentes. El mismo
quedo redactado de la siguiente manera: ARTICULO QUINTO: La administración, representación legal y uso de la
firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, por todo el plazo
de este contrato si se tratara de socios, y por el término de dos ejercicios si no lo fueren, siendo reelegibles. En tal
carácter, tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la
sociedad, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al Código Civil y Comercial
de la Nación y normas complementarias, con la siguiente restricción: para adquirir o enajenar bienes muebles
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.248 - Segunda Sección 24 Martes 5 de septiembre de 2023
registrables, semovientes e inmuebles, endeudar a la sociedad, otorgar fianzas, constituir toda clase de derechos
reales sobre los bienes de la sociedad y firmar las escrituras respectivas y/o realizar cualquier acto que implique
disposición del patrimonio de la sociedad será necesaria la firma individual e indistinta de Hugo Torbidoni, Juana
Hühn, Marisa Torbidoni y Martín Antonio Torbidoni; o la firma conjunta de Eva Torbidoni y Juan Manuel Torbidoni.
La garantía establecida para los gerentes deberá consistir, a elección de los mismos, en bonos, títulos públicos o
sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la
sociedad; o en fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo
costo deberá ser soportado por cada gerente; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso
directo de fondos a la caja social. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de
moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras
esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. El monto de la garantía será
el que establezca el organismo de contralor.” Se designo gerentes Hugo Torbidoni, Juana Hühn, Marisa Torbidoni,
Martín Antonio Torbidoni, Eva Torbidoni y Juan Manuel Torbidoni todos con domicilio especial en Nicolás Repetto
1346 CABA. Autorizado por escritura N° 218 del 31/08/2023 Registro 1036 de CABA. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 218 de fecha 31/08/2023 Reg. Nº 1036
Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.
e. 05/09/2023 N° 69846/23 v. 05/09/2023