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N° 71754/23 Aviso del Boletín Oficial

VILLARROEL S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 11 de septiembre de 2023

Texto del aviso

VILLARROEL S.R.L.

CUIT 30-65645950-2. 1- Con fecha 04/12/2007, Patricia Telma HERRERA y Elisabeth HERRERA cedieron a Omar

Enrique BADANO 625 cuotas sociales, respectivamente.- 2- Con fecha 24/11/2016, Elisabeth HERRERA cedió a

Omar Enrique BADANO 625 cotas sociales.- 3- Por fallecimiento de Sergio Alberto SCOCCIA, ocurrido el 10/10/2003,

se dictó declaratoria de herederos el 15/03/2023, Juzgado Nac. 1° Instancia en lo Civil 54, autos “SCOCCIA,

SERGIO ALBERTO S/SUCESION AB INTESTATO”, expediente 70274/2004, habiendo sido declarados únicos y

universales herederos María Soledad SCOCCIA, María Paula SCOCCIA, María Julia SCOCCIA, Francisco Nicolás

Jesús SCOCCIA y Patricia Telma HERRERA, correspondiendo transferirles 5 cuotas a c/u, de VILLARROEL S.R.L.,

cuyo capital social asciende a Australes 2.500.000, dividido en 2.500 cuotas de Australes 1.000 c/u., siendo

representativo del 1% del capital social.- 4- Con fecha 30/08/2023, Patricia Telma HERRERA cedió a Gonzalo

Enrique BADANO 605 cuotas sociales, y María Paula SCOCCIA, María Soledad SCOCCIA, María Julia SCOCCIA

y Francisco Nicolás Jesús SCOCCIA le cedieron 5 cuotas c/u.- 5- Con fecha 30/08/2023, Omar Enrique BADANO

cedió a Mauricio Gabriel MARTINEZ 208 cuotas sociales.- 6- Con fecha 30/08/2023, por unanimidad, se resolvió: a)

Aceptar la renuncia al cargo de Gerente presentada por Mauro Emilio Cammarata; b) Designar Gerente a Mauricio

Gabriel MARTINEZ, quien aceptó el cargo y constituyó domicilio especial en Sede Social; c) Modificar el artículo

5º del Contrato social, que queda redactado así: “ARTICULO QUINTO: La Administración, Representación Legal

y Uso de la Firma social, estará a cargo de uno o más gerentes, en forma individual e indistinta, socios o no, por

todo el tiempo que dure la sociedad.- En tal carácter, tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos

tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, incluso las que requieren poderes especiales a tenor del

artículo 375 del Código Civil y Comercial.- Los Gerentes en aval de su función constituirán una Garantía por una

suma no inferior a Pesos trescientos mil ($ 300.000) cada uno, conforme las formas y condiciones que establecen

las Resoluciones 7 y 9 de 2015 y 15 de 2021 de la Inspección General de Justicia, sus normas complementarias

y/o las que las reemplacen en el futuro.- “; y d) Modificar la Sede social a la Avenida Córdoba 612, 6º “A”, C.A.B.A.-

Participación social: Omar Enrique BADANO 1667 cuotas; Gonzalo Enrique BADANO 625 cuotas; Mauricio Gabriel

MARTINEZ 208 cuotas.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 166 de fecha 30/08/2023 Reg. Nº 1942

Rosa Beatriz Garay - Matrícula: 4956 C.E.C.B.A.

e. 11/09/2023 N° 71754/23 v. 11/09/2023