N° 72130/23 Aviso del Boletín Oficial
ASIBRA S.R.L.
Texto del aviso
ASIBRA S.R.L.
Rectificación de edicto publicado el 09/08/2023 bajo trámite TI 61721/23. EL objeto social queda redactado en los
siguientes términos: “ARTÍCULO 3°. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena o
asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: a) La realización de todo tipo de
actividades de carácter inmobiliario, en especial, las relativas a la adquisición, tenencia, arrendamiento, enajenación,
promoción, rehabilitación y explotación por cualquier título de toda clase de bienes inmuebles. b) La prestación
de servicios de asesoramiento en toda clase de proyectos inmobiliarios, en especial su gestión, intermediación,
construcción y ejecución. En general, las actividades propias de las compañías constructoras y promotoras.
La redacción de proyectos, realización y construcción de toda clase de edificios, urbanizaciones, movimiento
de tierras, vías de comunicación, canalizaciones, presas, obras de ingeniería y arquitectura y contratación de
obras. c) La adquisición, tenencia, disfrute y transmisión por cualquier título de cualesquiera bienes muebles,
su administración, gestión, transformación y comercialización. Las actividades que integran el objeto social de
la Sociedad podrán desarrollarse total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras
sociedades con objeto idéntico o análogo.; conferir y revocar mandatos, aceptarlos y renunciarlos; participar en otras
sociedades mediante la suscripción e integración de acciones, Compra, venta, permuta, alquiler, arrendamiento
de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de PH, así como también toda clase de
operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a viviendas,
urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques industriales, pudiendo tomar para
la venta o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá inclusive, realizar todas las operaciones
sobre inmuebles que autoricen las leyes y las comprendidas en las disposiciones de la ley de PH. También podrá
dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros. Celebrar operaciones de crédito
por activa o por pasiva con toda clase de personas u otorgar garantías, emitir bonos, tomar dinero en mutuo o dar
en garantía sus bienes muebles o inmuebles; celebrar todas las operaciones de crédito que le permitan obtener
los fondos u otros activos para el desarrollo de la empresa, comprar para revender, licitar, constituir sociedades
filiales o promoverlas, formar u organizar sociedades o vincularse a otras sociedades o empresas o en servicios,
absorberlas y fusionarse con ellas. En general celebrar o ejecutar toda clase de contratos u operaciones que
sean necesarias o convenientes para el logro de los fines que persigue la sociedad o que puedan favorecer o
desarrollar sus negocios o que en forma directa se relacionen con el objeto social, así´ como todos aquellos que
estén orientados a cumplir las obligaciones o a ejercer los derechos que legal o convencionalmente se deriven de
la existencia y actividad de la sociedad” Autorizado según instrumento privado con firmas certificadas de fecha
07/09/2023
Adriana Mabel Rodriguez - T°: 65 F°: 556 C.P.A.C.F.
e. 12/09/2023 N° 72130/23 v. 12/09/2023