N° 73391/23 Aviso del Boletín Oficial
CORAL CONSULTORÍA EN ENERGÍA S.A.
Texto del aviso
CORAL CONSULTORÍA EN ENERGÍA S.A.
CUIT N° 30-71601378-9. Se hace saber que por Asamblea General Extraordinaria del 07/08/2023 se resolvió
reformar el artículo tercero correspondiente al objeto social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “
ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto la producción y generación de energía eléctrica a partir de
fuentes renovables, incluyendo sin limitación energía eólica, solar (fotovoltaica, térmica), geotérmica, hidráulica,
marina (energía mareomotriz, undimotriz, termo-oceánica), biomasa, gradiente técnico oceánico, o de cualquier otra
fuente renovable de energía eléctrica, y de toda especie de servicios de consulta, gestión de proyectos, estudios,
desarrollo, investigación, asesoramiento y servicio técnico, en todas las ramas de la producción y/o generación de
energía eléctrica a partir de fuentes convencionales o de fuentes renovables, ofreciendo los servicios detallados
a entidades públicas o privadas del país y del extranjero, comprendiendo la elaboración de estudios de mercado,
factibilidad, preinversión de planes y programas de desarrollo energético nacional, regional y sectorial, elaboración
de informes, anteproyectos, proyectos de crecimiento infraestructural energético, preparación de documentos de
licitación, análisis de oferta, fundamento de adjudicaciones y elaboración de presentaciones y justificaciones ante
organismos públicos o privados ya sean nacionales e internacionales, realizando dichas actividades por cuenta
propia, de terceros o asociada a terceros, tanto en el país como en el extranjero.. Para el cumplimiento de su objeto
social la sociedad podrá realizar todo tipo de actos jurídicos, operaciones comerciales, financieras (quedando
excluidas las operaciones contempladas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso
público), industriales, mobiliarias e inmobiliarias que guarden relación conexa o accesoria a con el mismo y que
contribuyan al desarrollo y crecimiento de la sociedad.”
Autorizado según instrumento privado asamblea de fecha 07/08/2023
Paula Natalia Beveraggi - T°: 64 F°: 364 C.P.A.C.F.
e. 14/09/2023 N° 73391/23 v. 14/09/2023