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N° 72815/23 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS

Edictos Judiciales lunes, 18 de septiembre de 2023

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS

EDICTO: por disposición del Sr. Presidente Dr. Roberto Manuel López Arango; se ha ordenado comunicar la parte

resolutiva correspondiente a la resolución de fs. 243/244, en la causa FPA 16443/15/TO1, caratulada “VILLALBA

MAURO HERNAN SOBRE FALSIFICACION DE DOCUMENTO – PROPIEDAD AUTOMOTOR” que tramitara ante

este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de notificar el SOBRESEIMIENTO de a MAURO

HERNAN VILLALBA, sin apodos, argentino, D.N.I.N° 26.739.343, nacido el 20 de agosto de 1978 en Santa Fe,

provincia homónima, hijo de Abel Villalba y de Susana Beatriz Rosales, domiciliado en calle Alberti N° 4640 de

Santa Fe, provincia de Santa Fe de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: “RESOLUCION N°:182 / 23

Paraná, 12 de junio de 2023. VISTO: El presente expediente FPA 16443 / 15 / TO1, caratulada “VILLALBA MAURO

HERNAN SOBRE FALSIFICACION DE DOCUMENTO – PROPIEDAD AUTOMOTOR” y el Legajo de Ejecución

FPA 16443/2015/TO1/2 caratulado “SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA DE VILLALBA MAURO HERNAN”

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.258 - Segunda Sección 81 Lunes 18 de septiembre de 2023

y traídos a despacho para resolver, CONSIDERANDO: (…) RESUELVE: 1°) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCION

PENAL y, en consecuencia, SOBRESEER (arts. 76 ter, 4to. párr. del Código Penal y 336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N.) a

MAURO HERNAN VILLALBA, sin apodos, argentino, D.N.I.N° 26.739.343, nacido el 20 de agosto de 1978 en Santa

Fe, provincia homónima, hijo de Abel Villalba y de Susana Beatriz Rosales, domiciliado en calle Alberti N° 4640

de Santa Fe, provincia de Santa Fe; estudios secundarios incompletos, casado, tiene dos hijos, es empleado

municipal de Santa Fe y trabaja en una cooperativa, por el delito de uso de documento público falso (art. 296

en relación al art. 292 del Código Penal), en carácter de autor. 2°) EXIMIR de costas al sobreseído (art. 531

del C.P.P.N.). 3°) DESTRUIR los efectos secuestrados por Secretaría. 4°) REGÍSTRESE, publíquese, notifíquese,

líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese.” FDO: Roberto M. López Arango, presidente. Valeria Iriso,

secretaria. –

Roberto M. López Arango Juez - Valeria Iriso Secretaria de Cámara

e. 13/09/2023 N° 72815/23 v. 19/09/2023