N° 75128/23 Aviso del Boletín Oficial
Y-LUZ INVERSORA S.A.U.
Texto del aviso
Y-LUZ INVERSORA S.A.U.
30-71604741-1. Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 6 de fecha 30/12/2022 se resolvió aumentar el
capital social por un monto de $ 6.950.672.000 llevándolo de la suma de $ 306.000 a la suma de $ 6.950.978.000.
En consecuencia, se emitieron 6.950.672.000 acciones ordinarias, escriturales de valor nominal $ 1 (un peso)
cada una y con derecho a un voto por acción a favor de YPF Energía Eléctrica S.A, quedando el capital social
compuesto de la siguiente manera: YPF Energía Eléctrica S.A.: 6.950.978.000 acciones ordinarias, escriturales de
valor nominal $ 1 (un peso) cada una y con derecho a un voto por acción. En consecuencia, se reformó el artículo
4° del estatuto social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social se
fija en la suma de seis mil novecientos cincuenta millones novecientos setenta y ocho mil PESOS ($ 6.950.978.000),
representado por 6.950.978.000 ACCIONES ordinarias, escriturales de valor nominal UN PESO ($ 1) cada una y
con derecho a un (1) voto por acción. El capital puede aumentarse al quíntuplo por resolución de la asamblea
ordinaria, en los términos del artículo 188 de la Ley General de Sociedades 19.550. El capital puede aumentarse
sin límite por resolución de una asamblea extraordinaria, con la consiguiente reforma de estatuto”. Asimismo, se
resolvió aprobar la modificación del estatuto social en su artículo tercero en cuanto a su objeto social quedando
redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO TERCERO. La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia,
de terceros o asociada a terceros, en la República Argentina o en el extranjero, a realizar inversiones, ya sea
financieras o de otra índole, mediante aportes de capital o de otro tipo, en moneda nacional o extranjera, o títulos
valores públicos o privados, en empresas constituidas o a constituirse, y tomar participación en sociedades,
constituidas o a constituirse, en joint ventures y en uniones transitorias, y en general cualquier relación asociativa
o de agrupamiento empresario autorizado por la ley. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos y contraer obligaciones, y efectuar todo tipo de actos y contratos, incluyendo préstamos con
sociedades vinculadas, y ejerciendo todos los actos conducentes a los fines antedichos, que no fueren prohibidos
por las leyes o por este Estatuto. La Sociedad puede también con fines de inversión adquirir, desarrollar y enajenar
muebles e inmuebles de cualquier clase, así como también gravar los mismos y darlos y tomarlos en locación,
concesión o leasing.”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 30/12/2022
Ernesto Jose Genco - T°: 78 F°: 71 C.P.A.C.F.
e. 20/09/2023 N° 75128/23 v. 20/09/2023