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N° 18086/2022 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 62

Edictos Judiciales jueves, 21 de septiembre de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 62

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 31 a cargo de la Dra. Vivian Fernandez Garello,

Secretaría N° 62, sito en Montevideo 546 Piso 8°, CABA, comunica en autos “PINGERE SRL S/ QUIEBRA”, Expte.

N° 18086/2022, que con fecha 5 de septiembre de 2023 se ha resuelto decretar la quiebra de PINGERE S.R.L, CUIT

30-70871198-1. Se hace saber que se fijó plazo hasta el 17.11.2023 para que los acreedores presenten los pedidos

de verificación y los títulos justificativos de sus créditos ante la síndico Cdor. Lisandro Nahuel La To r re (Tel. 5272

-0791 concursosyquiebras@estudiolatorre.com.ar), con domicilio en la Av. Belgrano 1217, Piso 12 Of. “126”, CABA.

Los pretensos acreedores deberán enviar las copias de sus pedidos de verificación de manera digital en formato

“PDF” a la dirección de correo electrónico: concursosyquiebras@estudiolatorre.com.ar, consignando en el asunto

el nombre de la quiebra. En el escrito de presentación, el pretenso acreedor deberá consignar claramente: Nombre

y apellido, Domicilio real y constituido, Domicilio electrónico (si lo tuviere); Teléfono; Correo electrónico, CBU de

la cuenta bancaria donde se le deberían depositar las posibles distribuciones de fondos y todo otro dato útil que

permita la comunicación con el acreedor. La fecha y hora de recepción de los correos serán los que se encuentren

en cada uno de ellos. Los requerimientos de constatación de libros y documentación por parte de la sindicatura,

en caso de ser necesario, se efectuará mediante correo electrónico al mail que informen en su presentación los

pretensos acreedores. Los organismos públicos que se presenten a verificar (DGI, ANSES, A.N.A, Rentas, etc.) y

las empresas prestadoras de servicios públicos (Aguas, teléfono, electricidad, etc.), deberán denunciar el número

de la cuenta bancaria a la que, en su caso y de corresponder, se le transferirán las sumas que tuvieran a percibir

(tanto en concepto de “dividendo concursal” como de “gastos del concurso” según corresponda). El plazo para

formular impugnaciones y observaciones ante el síndico vence el día 4-12-2023, las que podrán ser contestadas

hasta el día 19-12-2023. El arancel verificatorio deberá ser transferido o depositado a la cuenta bancaria a nombre

de Lisandro Nahuel La Torre, CUIT: 20-31049150-1, Banco SANTANDER, Cuenta única en $ 033-363506/9, CBU

0720033588000036350690, Alias HUEVO.ARMADA.COCHE. Se fijaron las siguiente fechas para los informes arts

35 y 39 de la LCQ, el 05.02.2024 y el día 20.03.2024, respectivamente. Intímase a la fallida, sus administradores

y terceros para que dentro de quinto día, entreguen o pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes

de la deudora. Intímase a la fallida para que dentro de las 24 horas entregue al síndico los libros de comercio y

demás documentación relacionada con la contabilidad. Prohíbese a los terceros hacer pagos a la fallida, los que

serán ineficaces. Intímase a la fallida y administradores para que dentro de las 48 horas, constituyan domicilio en

jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento de notificar las sucesivas resoluciones por el art. 133 CPCC (art. 41

CPCC).Publíquese por cinco días. Buenos Aires, de 15 septiembre de 2023. VIVIAN FERNANDEZ GARELLO Juez

- GUSTAVO DANIEL FERNANDEZ SECRETARIO

e. 18/09/2023 N° 74503/23 v. 22/09/2023