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N° 76755/23 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL

Edictos Judiciales lunes, 25 de septiembre de 2023

Texto del aviso

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL

NRO. 4 DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE SAN NICOLÁS

Por orden del Juzgado Civil y Comercial Nº 4, a cargo de la Dra. SORMANI María Eugenia, JUEZ, Secretaría a

cargo de la Dra. María Celeste Telechea, Departamento Judicial de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, sito

en calle Guardias Nacionales N° 47 de dicha ciudad, en los autos caratulados “ASOCIACIÓN CIVIL “USUARIOS

Y CONSUMIDORES UNIDOS Y OTRO/A S/ HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO.”Expte. Nº SN - 6892 - 2022 se ha

dispuesto la publicación de edictos por 3 (tres) días en el Boletín Oficial de la República Argentina y en un diario

de circulación nacional, de conformidad a lo ordenado de fecha 18 de abril del año 2023, Registro Electrónico RS

Nº 34, que ordena la homologación del acuerdo transaccional, arribado en autos. Según dicho acuerdo Mutual

Federada 25 de Junio S.P.R se obliga a resarcir a los ex asociados que solicitaron la baja vía web, durante el

periodo comprendido entre marzo de 2017 hasta marzo de 2022 - cuyo listado se encuentra glosado a los autos-y

se consideren afectados por las presuntas cuotas de más que tuvieron que abonar debido a la posible confusión

que les originó la cláusula mencionada en el Capítulo 1.- ANTECEDENTES del Acuerdo, con una compensación

económica equivalente al valor de costo de 1 (una) cuota del Plan Joven Voluntario (cotización para individuos de

18 a 25 años) vigente a la fecha de homologación del presente. Este reconocimiento se publicara en las páginas

web de ambas partes y estará vigente durante el plazo de 6 (seis) meses contados desde la fecha de homologación

del arribado acuerdo. Para acceder a la compensación económica estipulada, el ex asociado deberá remitir su

pretensión vía email a la dirección de correo smontanari@federada.com adjuntando aquella documentación

que estime necesaria para acreditar su condición de beneficiario. El plazo para acceder al resarcimiento será el

comprendido desde la fecha de homologación del acuerdo hasta 20 días hábiles posteriores a la última publicación

de este edicto .Cumplido el plazo precedente las partes acuerdan que el remanente del saldo que no hubiese sido

afectado a la restitución será donado la Asociación Nicoleña de Discapacitados Visuales (ANDIVI).

San Nicolás 07 de septiembre de 2023

María Eugenia Sormani, Juez

María Celeste Telechea, Secretaría.

e. 25/09/2023 N° 76755/23 v. 27/09/2023