N° 78218/23 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL DEL TRABAJO NRO. 7 SECRETARÍA ÚNICA
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL DEL TRABAJO NRO. 7 SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO: el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 7, sito en la Av. Presidente Roque Saenz Peña
760 Piso 2° de la Capital Federal, Secretaría Unica, en la causa caratulada “AQUINO IVAN MATIAS V. DOMINGO
ANTONIO DEL MONACO Y OTROS S. DESPIDO” –Expte. N° 50.179/2011- ha dispuesto la publicación del presente
por el plazo de un día en el Boletín Oficial de la República Argentina, en los términos del art. 33 ,final, de la ley
18.345 y el art.147 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a los fines de la notificación la siguiente
resolución: Buenos Aires, 26 de septiembre de 2023 En atención a las constancias de autos y toda vez que es
deber del actor mantener actualizado su domicilio real, encontrándose vencido el plazo previsto por el art. 53
inc 2º del CPCCN hácese efectivo el apercibimiento dispuesto y declárase rebelde del actor. Notifíqueselo en lo
sucesivo por Ministerio de Ley art 29 de la L.O. En consecuencia, téngase por revocado el mandato respecto del
letrado Mariano Carlos Bourlot. Hágase saber que oportunamente le serán regulados sus honorarios. Asimismo,
por cuanto la cédula cursada a fs. 295, diligenciada bajo la modalidad de responsabilidad de la parte actora,
concuerda con el domicilio que el RENAPER informó en el anexo de fs. 274, y por cuanto el notificado adoptó
un temperamento silente respecto a la intimación allí cursada, hágase efectivo el apercibimiento allí dispuesto,
decrétase la rebeldía de Marcelo Javier del Mónaco (hijo del fallecido demandado Domingo Antonio del Mónaco) y
téngaselo por notificado por ministerio de ley de las sucesivas actuaciones en la causa. Con respecto a la esposa
del causante, María del Carmen Otero, en los confines de los arts. 34 inc. 5°, primera regla y 36 inc. 2°, primera
regla, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y en los art. 33, a simili y 80, cuarto apartado, de la ley
18.345, la infrascripta considera pertinente, en forma liminar a la decisión sobre las pretensiones sustentadas en
la causa, efectuar la publicación de un edicto por un día, en el Boletín Oficial de la República Argentina, a los fines
de que la mencionada se presente en el plazo de cinco días a estar a derecho, bajo conminación de designarle un
Defensor Oficial para que la represente. En consecuencia, conforme lo aquí resuelto, suspéndase el llamamiento
de la sentencia.” Liliana Rodríguez Fernández Juez - Edgardo F .A. Confalonieri Secretario del Juzgado.
e. 28/09/2023 N° 78218/23 v. 28/09/2023