N° 79179/23 Aviso del Boletín Oficial
INTEGRITY INVERSIONES Y PARTICIPACIONES S.A.
Texto del aviso
INTEGRITY INVERSIONES Y PARTICIPACIONES S.A.
30-71232954-4.(antes Integrity Reaseguros Argentina S.A). Por Asamblea Extraordinaria del 22 de agosto de 2023: (i)
Se resolvió ratificar y aprobar lo actuado en la Asamblea Extraordinaria del 19 de septiembre de 2012 y su ratificación
por Asamblea Extraordinaria del 27 de noviembre de 2014, donde se resolvió aumentar el capital social de la suma de
$ 20.000.000 a $ 30.000.000, con la consecuente reforma del artículo quinto del estatuto social. (ii) Se resolvió ratificar
y aprobar lo actuado en la Asamblea Extraordinaria del 28 de agosto de 2015, donde se resolvió aumentar el capital
social de la suma de $ 30.000.000 a $ 34.000.000, con la consecuente reforma del artículo quinto del estatuto social. (iii)
Se resolvió ratificar y aprobar lo actuado en la Asamblea Extraordinaria del 9 de septiembre de 2016, donde se resolvió
aumentar el capital social de la suma de $ 34.000.000 a $ 39.000.000, con la consecuente reforma del artículo quinto
del estatuto social. (iv) Se resolvió ratificar y aprobar lo actuado en la Asamblea Extraordinaria del 4 de octubre de 2019,
donde se resolvió: a) Aumentar el capital social de la suma de $ 39.000.000 a $ 65.527.700, por la capitalización de la
cuenta ajuste de capital, con la consecuente reforma del artículo quinto del estatuto social, y luego b) Reducir el capital
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.269 - Segunda Sección 9 Lunes 2 de octubre de 2023
social de la suma de $ 65.527.700 a la suma de $ 16.500.000 con la consecuente reforma del artículo quinto del estatuto
social que quedo redactado de la siguiente manera: “ARTICULO QUINTO. CAPITAL SOCIAL: 5.1. El capital social es
de PESOS DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 16.500.000), representado por dieciséis millones quinientos
mil (16.500.000) de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal Pesos uno ($ 1) cada una con
derecho a un voto por accion. 5.2. El capital podrá ser aumentado por la resolución de Asamblea Ordinaria hasta el
quíntuplo de su monto, pudiendo delegarse en el Directorio la época de emisión, forma y condiciones de pago. 5.3.
Los plazos para la integración del capital se computarán a partir de la fecha de suscripción y no podrán exceder de
los máximos fijados por la legislación vigente. 5.4. No podrán emitirse nuevas acciones sin que las anteriores hayan
sido totalmente suscriptas e integradas en los porcentajes mínimos exigidos por la legislación vigente. 5.5. El derecho
de suscripción preferente de las nuevas acciones que se resuelva emitir, el ofrecimiento a los accionistas, y el plazo
para ejercer el derecho de opción se regirá por las disposiciones legales y reglamentarias que se encuentran vigentes.
5.6. El directorio quedará facultado para disponer la venta de los derechos de suscripción de las acciones en mora o
para disponer la caducidad de tales derechos, en la forma autorizada por el régimen legal vigente y con las sanciones
previstas en el mismo para el suscriptor moroso. Desde la fecha fijada por el Directorio para el pago, los importes en
mora serán susceptibles de revalorización en base a la pauta de ajuste que establezca el Directorio, quien deberá
optar por alguno de los índices que publique el “Instituto Nacional de Estadísticas y Censos” u otro organismo similar
que lo reemplace en el futuro. También estará facultado el Directorio para establecer la tasa de interés moratorio
sobre el capital revalorizado.”. Accionistas: Integrity International Argentina Holdings S.A. titular de 14.850.000 acciones
ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a 1 voto por acción; e Integrity
Risk Services Argentina S.A. titular de 1.650.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1
cada una y con derecho a un voto por acción. Autorizado según instrumento privado asamblea de fecha 22/08/2023
ANDREA NATALIA LOMBRONI URTEAGA - T°: 130 F°: 165 C.P.A.C.F.
e. 02/10/2023 N° 79179/23 v. 02/10/2023