W20 Argentina W20Argentina

N° 79220/23 Aviso del Boletín Oficial

TECAN S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 2 de octubre de 2023

Texto del aviso

TECAN S.R.L.

Constitución SRL. Esc. 272 del 25/09/2023. Reg. 760. CABA. Socios: Montserratt del Valle DIAZ CONTRERAS,

venezolana, 05/01/1996, DNI 95.919.409, CUIT 27-95919409-8, empleada, soltera, domiciliada en Bacacay 2455,

CABA y Fernando Leonel RODRIGUEZ CHOQUE, argentino, 17/03/1988, DNI 33.522.474, CUIT 20-33522474-5,

comerciante, soltero, domiciliado en Bogotá 2735, PB, Depto A, CABA. Denominación: “TECAN S.R.L”. Sede

social: Bogotá 2735, PB, Depto A, CABA. Plazo: 30 años desde su inscripción en IGJ. Objeto: Gastronómicas:

en toda su extensión, en locales propios y/o de terceros, con o sin delivery, con o sin espectáculos nocturnos,

fabricación, elaboración, distribución, compra, venta, consignación, importación y exportación de productos

o mercaderías vinculadas o conexas con esta actividad. Servicios de catering, explotación de concesiones

y franquicias gastronómicas, bares, cervecerías, cafeterías, confiterías, restaurantes, parrillas, pizzerías y/o

patios de comidas, distribución de comidas preelaboradas y elaboradas; venta de bebidas alcohólicas y

analcohólicas; y demás actividades afines a la gastronomía. Capital: $ 100.000. Suscripción: 100%: Montserratt

del Valle DIAZ CONTRERAS, 500 cuotas; y Fernando Leonel RODRIGUEZ CHOQUE, 9.500 cuotas. Todas las

cuotas son de $ 10 c/u, valor nominal, y confieren un voto. Integración: 100% en efectivo. Administración,

representación y uso de la firma social: uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, por

el término de duración de la sociedad. Cierre de ejercicio: 31/08 de cada año. Gerente titular: Fernando Leonel

RODRIGUEZ CHOQUE, fija domicilio especial en la sede social.- Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 272 de fecha 25/09/2023 Reg. Nº 760

Josefina Maria Vergagni - Matrícula: 5558 C.E.C.B.A.

e. 02/10/2023 N° 79220/23 v. 02/10/2023