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N° 77548/23 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 9 de octubre de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36

El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial Nº 18 a cargo de la Dra. Valeria Pérez Casado, Secretaría

Nº 36, a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 3 CABA, comunica por dos días que en los autos

caratulados “VAZQUEZ VICTOR HUMERTO S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE CONCURSO ESPECIAL ART. 209

LCQ PROM POR SABORIDO JORGE, DI GREGORIO JORGE, CARSANA JOAQUIN Y OTROS” Exp. Nº COM

27479/2013/10 que el martillero Javier Oscar Di Blasio (CUIT 20-20619994-7) rematará el día 24 de Octubre de

2023 a las 11.45 hs (EN PUNTO) en el salón de ventas sito en la calle Jean Jaures 545 de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, lo siguiente: 100% del inmueble sito en la calle Charcas 2574/2576/2576 A, UF nro. 8 individualizada

con la letra “C” ubicada en el piso 1ero., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Nomenclatura Catastral: Circ.

19, Secc. 15, Manz. 135, Parcela 9. Partida número: 2.419.713 DV 02. Matricula: FR 19-6471/8. Superficie total: 35,

49 mts2 (según titulo). Se trata de un inmueble de dos ambientes que consta de living comedor, cocina, lavadero,

pasillo de circulación, un dormitorio y un baño completo, todo ello en regular estado de conservación. Al momento

de la constatación, el martillero fue atendido por una persona que dijo ser el Sr. Vi´ctor Humberto Vázquez (DNI 12.

778.630) y manifestó que habita el departamento junto con su concubina llamada Myriam Hortensia Ferreyra (DNI

16.318.122) y con su hija mayor de edad Silvia Lorena Vazquez (DNI 30.271.539). Los documentos de identidad

no fueron exhibidos sino que los nombrados se encontraban presentes en la constatación y manifestaron ser los

titulares de los mismos. Base: $ 11.500.000,00. Condiciones de venta: Al contado, mejor postor y en dinero en

efectivo en el acto de remate. Seña 30%. Comisión 3% más IVA. Acord. 10/99 CSJN (arancel de subasta) 0,25%.

La venta se realizará Ad-Corpus y en el estado en que se encuentra. El comprador deberá constituir domicilio

dentro del radio de Capital Federal, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por

notificadas en la forma y oportunidad prevista en el art. 133 del Cod. Proc. Se deja constancia que no se aceptara´

la compra “en comisión” ni la cesión del boleto, debiendo el martillero suscribir éste con quien efectivamente

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.274 - Segunda Sección 88 Lunes 9 de octubre de 2023

efectuare la oferta. El enajenador deberá anunciar a viva voz el nombre del poderdante, en caso de invocar un

poder especial, que exhibirá en el momento (cfr. art. 375: e) CCCN). Hágase saber al comprador del bien inmueble

que deberá integrar el saldo de precio dentro de los cinco días de aprobado el remate, sin intimación previa, bajo

apercibimiento de ordenarse nueva subasta en los términos del CPCC: 580. Los fondos obtenidos por la seña y

el saldo de precio deberán depositarse en el Banco Oficial con cargo de transferencia a la Sucursal Tribunales

del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de este Juzgado y en estos autos. Correrán por cuenta del

adquirente todos los sellados y los gastos que conlleven las diligencias que se orienten al perfeccionamiento

del dominio (arg. arts. 586 y 587 C.C.P.C.), siendo a su cargo el cumplimiento de todas las reglamentaciones de

cualquier tipo que se refieran a la inscripción del inmueble en los registros de que se trate, así como la remoción

de cualquier impedimento que obstaculice la escrituración (y que fuera ajeno al trámite del concurso). Para el caso

de que el adquirente fuere quien eventualmente planteare la nulidad de la subasta, para hacer uso de esta facultad,

deberá integrar el saldo de precio a las resultas de su planteo nulificatorio. Las deudas por impuestos, tasas,

contribuciones, servicios de obras sanitarias etc. serán asumidas de la siguiente forma: I) los importes devengados

hasta la declaración de la quiebra, los organismos acreedores respectivos deberán efectuar el correspondiente

pedido de verificación, conforme lo dispuesto por la ley 24.522; II) los devengados a partir de la quiebra, deberán

ser soportados por la masa de acreedores, previo reconocimiento de los importes del síndico; III) los posteriores

a la fecha en que razonablemente el comprador este´ en condiciones de tomar posesión del inmueble, a cargo de

este último. Hágase saber al comprador el inmueble que deberá materializar la transacción del dominio a su favor

en un plazo no mayor de 30 días, bajo apercibimiento de aplicársele una multa diaria del 0.25% del valor de venta

por cada día de retardo. El impuesto sobre la venta de los bienes inmuebles que establece el art. 7 de la ley 23.905,

será a cargo de los compradores, no estará incluido en el precio y será retenido en su caso, por el Escribano que

otorgue la escritura de protocolización de las actuaciones y en el supuesto de formalizarse mediante testimonio

el impuesto correspondiente también estará a cargo del comprador. El bien se rematará en el estado en que se

encuentra, señalándose que, habiéndoselo exhibido adecuadamente, no se admitirán reclamos de ningún tipo.

Para concurrir a los remates el público previamente deberá inscribirse a través de la web del Alto Tribunal (www.

csjn.gov.ar) ingresando al link Oficina de Subastas-Trámites: turnos registro y deberá presentarse el día y hora

asignado en Jean Jaures 545 Pb, Caba, con el formulario que indica el sitio aludido. Para mayor información

los interesados podrán compulsar el expediente digital o comunicarse con el martillero al teléfono 1141715967.

Exhibición: 19 y 20 de octubre de 2023 de 14,00 a 16,00 hs. Buenos Aires, septiembre de 2023. Valeria Perez

Casado Juez - Adriana Bravo Secretaria

e. 06/10/2023 N° 77548/23 v. 09/10/2023