N° 81847/23 Aviso del Boletín Oficial
INNOV@-DOC S.R.L. - SOCIEDAD EXTRANJERA
Texto del aviso
INNOV@-DOC S.R.L. - SOCIEDAD EXTRANJERA
CUIT 30-71784962-7. Por Resolución de Socios de fecha 05/05/2023, se resolvió la cancelación registral por
inactividad de INNOV@-DOC S.R.L. – Sociedad Extranjera, inscripta en la Inspección General de Justicia el
22/09/2022, bajo el número 1066, libro 63, tomo B, de Sociedades constituidas en el extranjero, con domicilio
legal y sede social en Av. del Libertador 6680, Piso 8, CABA. Representante Legal Titular: Martín Miguel Jándula,
DNI 28.633.015, nacido el 17/06/1981, argentino, casado, abogado, con domicilio en Pje. Sargento Cabral 875,
Piso 3, Depto. B, CABA y Representante Legal Suplente: Juan Manuel de Cabo, DNI 29.041.106, nacido el
26/08/1981, argentino, casado, abogado, con domicilio en Av. del Libertador 6680, Piso 9, CABA; Datos Socios:
(i) AUGUSTO CIRILLO, Carta de identidad CA91277DW, italiano, nacido el 08/01/1968, casado, con domicilio en
Via Domenico Fontanta 27, Nápoles, Italia, propietario de cuotas nominales de €11.250 y acciones desembolsadas
11.250 equivalente al 50% del capital social de la Sociedad (ii) GAETANO MAURIZIO MARIA CANTONE, pasaporte
X0288818, italiano, nacido el 14/05/1961, con domicilio en Chemin Monastier 6, Nyon, Suiza, propietario de cuotas
nominales de €11.250 y acciones desembolsadas 11.250 equivalente al 50% del capital social de la Sociedad.
Administración y Representación: Administrador Único hasta su revocación: GAETANO MAURIZIO MARIA
CANTONE. En Instrumentos Privados Resolución de Socios del 05/05/2023 y del Representante Legal Titular del
07/09/2023, se efectuaron declaraciones juradas conforme Art. 228 RG IGJ 7/15 en el que consta que, a partir de
su inscripción, la sucursal: a) No realizó operaciones de ninguna clase, ni inscripciones y/o presentaciones a los
efectos de regímenes impositivo o de contribuciones a la seguridad social, ni ninguna otra invocando la existencia
de la sucursal a los fines de su actuación en la República, ni ha sido demandada por transacciones relacionadas
con la sucursal; b) No es titular de bienes registrables en la República Argentina, ni se remitieron fondos a la
misma. Asimismo, asumieron responsabilidad ilimitada y solidaria y los socios renunciaron a invocar el régimen
de responsabilidad y beneficio de excusión derivados del tipo social por las eventuales obligaciones que pudieran
existir. Autorizado según instrumento privado resolución de socios de fecha 05/05/2023
Martin Miguel Jándula - T°: 105 F°: 329 C.P.A.C.F.
e. 10/10/2023 N° 81847/23 v. 10/10/2023