N° 80670/23 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 27
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 27
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial No 14, cargo del Dr. Pablo D. Frick, Secretaría No 27, a
cargo de la Dra. Fernanda Andrea Gómez, sito en Callao 635 piso 2o de esta Capital Federal, por 5 días, que en
los autos caratulados “MATIAS JULIAN KUNZ s/ QUIEBRA “ (EXPTE. 462 /2022), se resolvió el día 29.09.2023,
decretar la quiebra de Matias Julian Kunz (CUIT Nro. 20-27728800-2), haciéndole saber a este y a los terceros que
deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido, así como la prohibición de realizar pagos a
la misma, los que serán ineficaces. Se intima al fallido para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros
de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a los administradores
que dentro de las 48 horas constituyan domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo
constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86
de la ley 24522 en cuanto a su remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal. Los ex
- dependientes de la fallida deberán requerir ante el síndico el certificado de servicios prestados, dentro del plazo
de dos (2) años contados a partir de la última publicación. A ese fin deberán concurrir a sus oficinas personalmente
o por medio de persona debidamente autorizada, con la documentación que acredite su relación laboral. El síndico
procederá recalcular los créditos de los acreedores que hubieran obtenido verificación de sus créditos en el
concurso preventivo. Los acreedores posteriores a la fecha de presentación en concurso preventivo (03 de febrero
de 2022) deberán requerir la verificación por vía de incidente, que se promoverá directamente ante este Juzgado
y Secretaria adjuntando la totalidad de la documental respaldatoria y ofreciendo la prueba pertinente. En este
supuesto no se aplicarán costas, salvo casos de pedido u oposición manifiestamente improcedente, connivente o
dolosa. Deberá abonarse el arancel concursal en los términos del art. 332 de la LCQ, con sus excepciones legales.
Se fijan las fechas de 18 de marzo de 2024 y el 03 de mayo de 2024 para las presentaciones de los informes
individuales y generales, previstos en el art. 35 y 39 de la L.C. respectivamente, pudiendo ser observado, el último,
dentro de los 10 días de presentados art. 40 LC. La síndico designada es Analía Leonor Rinaldi, con domicilio
constituido en Suipacha 245 Piso 7, C.A.B.A. T.E. 4811-2269/5235-3223. El presente deberá ser publicado por el
término de 5 días en el Boletín Oficial sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando
los hubiere (art. 89 inc. 3 LC.).- Buenos Aires, 05 de octubre de 2023. PABLO D. FRICK Juez - FERNANDA ANDREA
GOMEZ SECRETARIA
e. 06/10/2023 N° 80670/23 v. 12/10/2023