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N° 81751/23 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18

Edictos Judiciales martes, 17 de octubre de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18

El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial Nro. 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 18 a mi cargo,

sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por dos días en los autos “ASOCIACION POR LA DEFENSA

DE USUARIOS Y CONSUMIDORES (ADUC) c/ BANCO HIPOTECARIO S.A. Y OTRO s/ORDINARIO” (Exp. Nro.

33850/2015) que las partes han arribado a un acuerdo a la luz del cual BANCO HIPOTECARIO S.A. continuará

percibiendo la comisión “mantenimiento de cuenta” en los términos de las Comunicaciones BCRA “A” 5460 y 5388

pero se compromete a otorgar a aquellos que habiendo sido clientes al día 01.10.23 y continúen -o no- siéndolo

y se les hubiera cobrado a partir de dicha fecha la comisión antes aludida en tarjetas de crédito emitidas por la

entidad bancaria sea como producto individual o como parte de un paquete de productos, un beneficio de: Una

cobertura de Servicio de multiasistencias por urgencias con una vigencia de dos años y con los alcances que

se resumen a continuación: (1) Asistencia al hogar ante urgencias: (a) plomería, gasista, electricista, cerrajería y

vidriería (cada uno de ellos limitado a dos eventos por año calendario con un tope de $ 14.000 por evento); (b)

mudanza, seguridad y vigilancia (cada uno de ellos limitado a un evento por año calendario con un tope de $ 4.600

por especialidad); (c) asesoría técnica en trabajos de mantenimiento general y seguridad en el hogar: consultas

sin límites de eventos y sin costo; y (d) asistencia legal en caso de robo al domicilio: servicio ilimitado en cuanto a

la cantidad de consultas a realizar, sin límite de eventos; (2) Asistencia odontológica ante urgencias: limitado a un

evento por año calendario con un tope de $ 40.000 exclusivamente para las prácticas especificadas en el Acuerdo;

(3) Asistencia médica ante urgencia; enfermería a domicilio, y acompañantes de internación hospitalaria (cada uno

de tales asistencias limitadas a un evento anual y con un tope de $ 40.000); (4) Terapias básicas Físicas a domicilio

y Asistencia en sala de urgencia por accidente laboral, doméstico o de tránsito: limitado en ambos casos a un

evento por año y con un tope de $ 40.000); (5) Reintegros del 30% en farmacias: limitado a dos eventos por año,

con un tope de $ 23.000 por año, en las condiciones especificadas en el Acuerdo; y (6) Asistencia tecnológica:

(atención telefónica durante las 24 horas sin límite de eventos por año). Todas estas prestaciones serán prestadas

por GLOBAL ASSIST en las condiciones establecidas en los ptos. 4.2, 4.3, 4.4 y 4.05 del acuerdo. Los términos

y condiciones del acuerdo así como de las coberturas que se brindan bajo el mismo, podrán ser consultados en

las páginas web www.hipotecario.com.ar y www.aduc.org.ar/wpl. Se hace saber que la sentencia homologatoria

hará cosa juzgada para los demandados y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren abarcados

en el acuerdo, sin perjuicio de cuanto pudiere oportunamente decidirse en relación al reclamo instado en autos

“CENTRO DE ORIENTACION DEFENSA DEL CONSUMIDOR -CODEC- C/ BANCO HIPOTECARIO S/ NULIDAD DE

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.278 - Segunda Sección 50 Martes 17 de octubre de 2023

CONTRATO” (Expte. Nro. 28362/18) y del derecho que les pudiere asistir a quienes deseen apartarse de la solución

general adoptada, de efectuar reclamos individuales. A tales efectos, podrán ellos excluirse del referido acuerdo

transaccional, dentro de los 90 días corridos de efectuada la última publicación de edictos enviando un correo

al email mantenimientocuentaTCBH@hipotecario.com.ar y info@aduc.org.ar con indicación de que harán uso del

derecho de autoexclusión y acompañando una copia de su documento nacional de identidad en formato PDF.

Buenos Aires 28 de septiembre de 2023. PAULA MARIA HUALDE Juez - FLORENCIA M. CLAUS SECRETARIA

e. 17/10/2023 N° 81751/23 v. 18/10/2023