N° 14113/2022 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 33
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 33
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº17, Secretaría N° 33, sito en M. T. de Alvear 1840,
piso 3º -Of: 331-, de CABA, comunica por cinco (5) días que, en el marco de la causa caratulada “NATURA
EXPRESS SRL s/QUIEBRA” (Expte. N° 14113/2022), el 22.09.23 se decretó la quiebra de Natura Express SRL
(CUIT N° 30-71150162-9), inscripta en la IGJ con fecha 28.07.10, bajo el N° 6775 del Libro 134 de Sociedades de
Responsabilidad Limitada, número correlativo IGJ: 1831883. La sindicatura será ejercida por el Cdor. Gerardo
Vicente Greco, con domicilio en Sarmiento 1179 piso 4° oficina “44” de CABA (Teléfono: 4383-1397). Los acreedores
deberán presentar hasta el 08.11.23 los títulos justificativos de sus créditos al Síndico. La presentación de tales
títulos deberá efectuarse de manera no presencial mediante la remisión de las piezas correspondientes en formato
PDF por correo electrónico a “ggreco1@consejo.org.ar” o “drgerardogreco.sindicatura@gmail.com”, debiendo los
interesados estar para conocer los pormenores de la metodología fijada por el Juzgado a los términos de la
resolución de fs. 65 del 22.09.23, la que puede visualizarse en la página de internet “www.pjn.gov.ar” o bien
directamente en “https://scw.pjn.gov.ar/scw /home.seam”, completando allí los datos requeridos de la causa, o
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.279 - Segunda Sección 63 Miércoles 18 de octubre de 2023
también consultar telefónicamente al Síndico. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel
previsto en el art. 32 de la ley 24.522, deberá adjuntarse el comprobante de pago correspondiente, que deberá
hacerse en la CBU que habrá de informar el Síndico. De manera excepcional, los interesados que así lo soliciten
podrán concordar día y hora para asistir presencialmente a dejar o presentar sus insinuaciones conforme lo
establece el art. 32 de la ley 24.522 al domicilio de la sindicatura. El plazo para observar las insinuaciones vencerá
el 01.12.23 (LCQ: 34). Se ha fijado el 20.02.24 para que el Síndico presente el informe individual (LCQ: 35) y el
19.04.24 para que presente el informe general (LCQ: 39). Hácese saber que: a) la fallida deberá entregar al síndico
dentro de las 24 hs. sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; b) quienes
tengan en su poder bienes de la fallida, deberán ponerlos a disposición de la Sindicatura, en el plazo de 72 hs., bajo
apercibimiento girar actuaciones a Sede Penal; c) se encuentra prohibido hacer pagos a la fallida y recibir pagos
de aquélla, los que en su caso serán considerados ineficaces; y d) se intima a la fallida y a sus administradores
para que, dentro de las 48 hs., constituyan domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en
los estrados del juzgado. Dado, sellado y firmado en Buenos Aires, de octubre de 2023. FEDERICO ALBERTO
GÜERRI Juez - MARIANO CUCCARESE SECRETARIO
e. 12/10/2023 N° 82514/23 v. 20/10/2023