N° 84298/23 Aviso del Boletín Oficial
SUFISA S.A.
Texto del aviso
SUFISA S.A.
CUIT 30-71458977-2 Por Asamblea 28/08/2023 se modificó el Art. Dúo Decimo del Estatuto Social relativo a los
deberes y atribuciones del directorio quedando de la siguiente forma: “ARTÍCULO DUODECIMO: Los deberes y
atribuciones del Directorio son los siguientes: a) ejercer la representación legal de la Sociedad, por intermedio
de su Presidente o su Vicepresidente en forma indistinta cualquiera de ellos; b) administrar los negocios de la
Sociedad, con amplias facultades, incluso la de otorgar poderes especiales al o los directores que revistan la a
calidad de idóneos ante el Mercado en que actúen. Podrá, en consecuencia, comprar, vender, permutar, ceder,
transferir, dar y tomar en usufructo, hipotecar o gravar bienes Inmuebles, muebles o semovientes, créditos, títulos,
acciones y obligaciones negociables, por los precios, plazos, cantidades, formas de pago y demás condiciones
que estime convenientes; tomar o dar posesión de Inmuebles, celebrar contratos de sociedades, suscribir,
comprar y vender acciones de otras sociedades, adquirir el activo y el pasivo de establecimientos comerciales a
industriales, celebrar contratos de locación, cobrar y percibir todo lo que se adeude a la sociedad, dar o tomar
dinero prestado, solicitar préstamos de las entidades financieras oficiales o privadas, nacionales o extranjeras, del
país o del exterior, aceptar y cancelar hipotecas, iniciar y contestar demandas en toda clase de acciones judiciales
y/o administrativas de cualquier tipo, otorgando los mandatos necesarios; designar mandatarios y/u operadores
para actuar en los diversos Mercados, en las condiciones reglamentarias que cada uno de ellos file; dar las
garantías que le sean requeridas por operaciones derivadas del giro normal de sus negocios y las específicas que
se establezcan por los Reglamentos Operativos de los diversos Mercados en los que opere y en general, celebrar
todos los demás actos que se reputen necesarios o convenientes para los intereses sociales, incluso aquellos para
los cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al art. 1881 del Código Civil, y el art. noveno del decreto
ley 5965/63; c) establecer sucursales y/o agencias dentro del territorio de la República o en el extranjero, pudiendo
asignarles capital determinado; d) designar Gerentes y crear los empleos que juzgue necesarios, determinando
sus atribuciones y remuneraciones; e) nombrar de su seno uno o más directores ejecutivos o administradores, y
su remuneración; f) nombrar, trasladar o separar de sus puestos a cualquiera de los empleados de la sociedad;
g) conferir poderes especiales o generales, y revocarlo cuantas veces creyere conveniente; conferir poderes
judiciales, generales o especiales, inclusive para querellar criminalmente, con el objeto y extensión que juzgue
conveniente; h) convocar a Asambleas de Accionistas, Informar a las mismas sobre la situación de la sociedad,
y presentar anualmente la Memoria, Inventario, Estado de Situación Patrimonial, Estados de Resultados y de
Evolución del Patrimonio Neto, e Informe del Síndico; i) dictar Reglamentos Internos para la organización de la
sociedad” Autorizado según instrumento privado ASAMBLEA de fecha 28/08/2023
Federico Ulled - T°: 95 F°: 552 C.P.A.C.F.
e. 20/10/2023 N° 84298/23 v. 20/10/2023