N° 87021/23 Aviso del Boletín Oficial
PINAMAR LIBERTADOR S.A.
Texto del aviso
PINAMAR LIBERTADOR S.A.
1. Ezequiel Barragán, 05/11/1987, soltero, argentino, maestro mayor de obras, domicilio Larrea 395, ciudad y partido
de Merlo, Provincia de Buenos Aires, DNI 28963441, suscribe 3200000 acciones (16%); Federico Daniel Barragán,
09/10/1976, casado, argentino, contador público, domicilio Calle Real 53, de la ciudad y partido de Merlo, Provincia
de Buenos Aires, DNI 25396908, suscribe 3200000 acciones (16%); Fernando Javier Rosso, 26/07/1976, casado,
argentino, abogado, domicilio Venancio Flores 650, ciudad y partido de Ituzaingó, Provincia de Buenos Aires, DNI
25440670, suscribe 3200000 acciones (16%); Gustavo Pablo Schulz, 26/06/1978, casado, argentino, Arquitecto,
domicilio De las Ondinas 1621, de la ciudad y partido de Pinamar, Provincia de Buenos Aires, DNI 26690746,
suscribe 2000000 acciones (10%); Carlos Rodrigo Disalvo, 18/09/1970, casado, argentino, comerciante, domicilio
Avenida José León Suárez 925, ciudad y partido de Chivilcoy, Provincia de Buenos Aires, DNI 21883080, suscribe
8400000 acciones (42%);. 2. Instrumento Público del 25/10/2023, Escritura 273. 3. PINAMAR LIBERTADOR SA. 4.
Agüero 1595, piso 12, Departamento 4, CABA. 5. La Sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia o
de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: A. CONSTRUCTORA: Mediante la construcción,
refacción, remodelación y mantenimiento de inmuebles, sean estos destinados a vivienda unifamiliar, multifamiliar,
o a emprendimientos empresariales, industriales, comerciales, profesionales o de cualquier otra naturaleza,
pudiendo ser obras iniciadas o a comenzar; realización y/o participación en desarrollos de obra pública en lo
relativo a la construcción; prestación de todo tipo de servicios relacionados a la construcción; cualquier acto
de comercio, exportación o importación, representación, comisión y consignación, al por mayor y al por menor,
vinculado con productos, mercaderías y/o elementos aptos para ser aplicados a la industria de la construcción,
artículos de corralón, aberturas, ferretería, herramientas, materiales metalúrgicos, madereros, plásticos, eléctricos
y mecánicos, así como también la de todo equipamiento, producto complementario, insumo y/o elemento
destinado a la industria de la construcción civil. B. INMOBILIARIA: mediante la compra, venta, leasing, permuta,
arrendamiento, intermediación, administración y explotación bajo cualquier forma de bienes inmuebles urbanos
y/o rurales, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas, e incluso sobre inmuebles afectados al
derecho real de Propiedad Horizontal, quedando facultada a efectuar operaciones de crédito en general, con
excepción de aquellas previstas en las leyes y reglamentos de Entidades Financieras vigentes; podrá celebrar
contratos de Fideicomiso inmobiliario o administración, actuando como fiduciante o fiduciaria, pudiendo realizar
la administración fiduciaria de dichos contratos y todos los actos y gestiones derivados de su objeto para el
cumplimiento y finalidad del mismo; podrá desempeñarse en el gerenciamiento, desarrollo y consultoría de
proyectos inmobiliarios propios y/o de terceros, desarrollar proyectos de obras desde el punto de vista técnico,
y en la coordinación de los profesionales involucrados. Todas las actividades relacionadas con la precedente
enumeración que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante en la materia. La
sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos
que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. 6. 30 años. 7. $ 20000000, dividido en 20000000 acciones
de $ 1. 8. Directorio integrado de uno a cinco titulares, con mandato por tres ejercicios. Prescinde de Sindicatura
Art. 284 Ley 19.550. Presidente Federico Daniel BARRAGAN, Director Suplente Gustavo Pablo Schulz, ambos con
domicilio especial en la sede social. 9. La representación legal corresponde al Presidente o al Vicepresidente en
su caso. 10. 30/09. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 273 de fecha 25/10/2023 Reg. Nº 3
IGNACIO ARNAL AGUILAR - T°: 131 F°: 436 C.P.A.C.F.
e. 27/10/2023 N° 87021/23 v. 27/10/2023