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N° 234/2023 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

Edictos Judiciales viernes, 3 de noviembre de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

El JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL Nº 25, interinamente a cargo del Dr. Javier

J. Cosentino, Secretaría Nº 50 a cargo del Dr. Federico H. Campolongo, sito en Callao 635 4º piso CABA, hace

saber que con fecha 20/10/2023 ha sido decretada la quiebra de LOMICONO S.R.L., con CUIT N* 30-71571617-4,

en el expediente Nº 234/2023, caratulado “LOMICONO SRL s /QUIEBRA”. Los acreedores deberán presentar las

peticiones de verificación y los títulos pertinentes ante la síndica CONTADORA NARDUZZI PATRICIA MONICA,

tel. (011) 4372-3792 y (0221) 15-463-1409, con domicilio constituido en la calle Lavalle 1675 5º piso Of. “11” CABA,

hasta el día 09/02/2024. Los acreedores podrán enviar sus pedidos de verificación al correo electrónico de la

sindicatura (ignaciobergaglio@gmail.com) adjuntando en formato PDF copia de la documentación fundante del

pedido. Las observaciones a los pedidos verificatorios se deberán remitir a la misma dirección de correo electrónico

del síndico. En caso de que alguno de los insinuantes deba cumplir con el pago del arancel verificatorio del art. 32

LCQ, el mismo podrá efectuarse mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria de la sindicatura, abierta

en el BANCO PATAGONIA SA, CAJA AHORROS 206-206018100-000 CBU 0340206308206018100008. TITULAR:

BERGAGLIO JUAN IGNACIO. CUIT 23-26811641-9, DNI 26.811.641. El citado funcionario presentará el informe

previsto por el art. 35 LCQ. el día 26/03/2024 y el prescripto por el art. 39 LCQ. el día 14/05/2024. Asimismo se

intima a la fallida y a su órgano de administración, para que dentro de las 24 hs. se haga entrega al síndico de

todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación contable perteneciente a su negocio o actividad

y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley 24.522 y constituya domicilio bajo apercibimiento

de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Intímase a terceros que tengan bienes y documentos de

la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura en el plazo de cinco días, prohibiéndose hacer

pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publíquese por 5 días sin previo pago. Buenos Aires, 27

de octubre de 2023. FIRMADO: DR. FEDERICO H. CAMPOLONGO, SECRETARIO JAVIER J. COSENTINO Juez -

FEDERICO H. CAMPOLONGO SECRETARIO

e. 30/10/2023 N° 87433/23 v. 03/11/2023