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N° 90080/23 Aviso del Boletín Oficial

TURISMO INVESTMENT S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 7 de noviembre de 2023

Texto del aviso

TURISMO INVESTMENT S.A.

CUIT 30709611700 informa que mediante Asamblea Extraordinaria de fecha 29/05/2023 se resolvió reformar, por

un lado, el articulo TERCERO (objeto social) quedando redactado: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta

propia, de terceros o asociada a terceros, en la República Argentina o en el exterior, las siguientes actividades:

FINANCIERAS Y DE INVERSIÓN: inversiones en acciones u otro tipo de participaciones de capital, aportes

irrevocables a cuenta de futuras emisiones, inversiones en debentures, obligaciones negociables, opciones,

futuros, productos derivados, cajas de ahorro, plazos fijos, fondos comunes de inversión y demás títulos de crédito

o títulos de valores públicos o privados, nacionales o extranjeros, pudiendo realizar contratos con personas físicas

o jurídicas, sociedades, empresas de capital de riesgo, emprendimientos, proyectos industriales, comerciales, de

servicios de capitales en proyectos industriales, comerciales, de servicios públicos o privados, agrícola-ganaderos,

mineros y de cualquier otra índole. A tales efectos, podrá efectuar aportes de cualquier naturaleza, comprar, vender,

permutar y locar toda clase de títulos valores negociables nacionales, provinciales, municipales y extranjeros con o

sin cotización bursátil; realizar operaciones de opciones, futuros, derivados; constituir o participar en estructuras

fiduciarias, comprar o vender títulos representativos de mercaderías, materia prima o metales y toda operación

que coadyuve al desarrollo de su objeto social, pudiendo prestar asesoramiento en temas empresariales, a las

personas físicas y jurídicas que lo requieran en las que participe directa o indirectamente, en todo lo referente a

instrumentos y estrategias de inversión, la realización y coordinación de negocios e inversiones y la administración

de fondos propios y de terceros. Quedan exceptuadas las actividades previstas por las leyes 23.187 y 20.488.

Aquellas actividades que así lo requieran serán efectuadas por profesionales con título habilitante. Y por otro lado,

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.293 - Segunda Sección 15 Martes 7 de noviembre de 2023

el articulo OCTAVO adecuando la referencia a la garantía de los directores a la normativa vigente. Autorizado según

instrumento privado Asamblea de fecha 29/05/2023

CARLA LANDI - T°: 143 F°: 591 C.P.A.C.F.

e. 07/11/2023 N° 90080/23 v. 07/11/2023