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N° 93748/23 Aviso del Boletín Oficial

CROFABIOTECH S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 17 de noviembre de 2023

Texto del aviso

CROFABIOTECH S.A.

CUIT: 30717889009.Por Asamblea del 04/07/2023: Se aumentó el capital social a $ 1.142.858 y se reformó el artículo

4° del Estatuto Social: “Artículo 4: El capital social es de pesos un millón ciento cuarenta y dos mil ochocientos

cincuenta y ocho($ 1.142.858) representado por un millón ciento cuarenta y dos mil ochocientos cincuenta y ocho

(1.142.858) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a un voto

por acción.El capital podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea ordinaria hasta el quíntuplo de su monto

conforme lo establece el art. 188 de la Ley 19.550.Las acciones serán nominativas no endosables, ordinarias o

preferidas, según se decida en cada emisión.Las acciones preferidas tendrán derecho a un dividendo de pago

preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de emisión.Podrá también fijárseles una

participación adicional en las ganancias y reconocérseles o no derecho en el reembolso del capital en la liquidación

de la Sociedad”.Tenencia accionaria: Daniela Abbruzzesse 400.000 acciones; Adrián Abalovich 400.000 acciones;

Mariela Anahí Balbo 200.000 acciones y AVALIAN 142.858 acciones; Se modificó el artículo 8° quedando así

redactado:“La dirección y la administración de la Sociedad estará a cargo del Directorio integrado por UNO a SIETE

integrantes titulares, de acuerdo con la decisión asamblearia pertinente, pudiendo elegir igual o menor número

de suplentes, los que se incorporarán al Directorio por el orden de su designación.El término de su elección es

de tres ejercicios pudiendo renovar su cargo por igual período de acuerdo a la decisión asamblearia pertinente.

La asamblea fijará el número de Directores así como su remuneración.El directorio sesionará con la mayoría

absoluta de sus miembros titulares y resuelve por mayoría de los presentes.En caso de empate el Presidente

desempatará votando nuevamente.Se requerirá unanimidad de los integrantes del directorio para autorizar la venta

del fondo de comercio, el licenciamiento de los desarrollos con propiedad intelectual y/o la suscripción de acuerdo

de comercialización con exclusividad.En su primera reunión se designará un Presidente, pudiendo en caso de

pluralidad de titulares, designar un vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o impedimento.En garantía

de sus funciones los Directores Titulares constituirán una garantía de conforme lo prescripto en el art. 76 de la R.G

15/2021(de conformidad con la Resolución 9/15) de la I.G.J y normativa concordante como la normativa aplicable

que actualice el monto y modalidad de aplicación de la ley 19.550 en lo relativo al artículo 256 y concordante.- El

Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluyendo las que requieren poderes especiales

a tenor del artículo 375 de Código Civil y Comercial de la Nación(Ley 26.994) y artículo 9° del decreto Ley 5965/63.

Podrá especialmente operar con toda clase de bancos, compañías financieras, o entidades crediticias oficiales o

privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración y otros, con o sin facultad de

sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir de denuncias, querellas penales, y realizar todo otro hecho o acto

jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la Sociedad.La representación legal de la Sociedad

corresponde al Presidente del directorio o al Vicepresidente en su caso.El Directorio funciona con la presencia de

la mayoría de sus miembros y decide la mayoría de los votos presentes.El Directorio también podrá celebrar sus

reuniones con sus miembros comunicados entre si mediante videoteleconferencia, computándose a los efectos

del quorum tanto los directores presentes como los que participen a distancia.Mientras la Sociedad no tenga

Sindicatura, obligatoriamente deberá designarse al menos un Director Suplente.” Autorizado según instrumento

privado Asamblea de fecha 04/07/2023

Lucrecia Accini - T°: 74 F°: 45 C.P.A.C.F.

e. 17/11/2023 N° 93748/23 v. 17/11/2023