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N° 94582/23 Aviso del Boletín Oficial

ALTOS DE PILAR COUNTRY CLUB S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales CONVOCATORIAS lunes, 27 de noviembre de 2023

Texto del aviso

ALTOS DE PILAR COUNTRY CLUB S.A.

CUIT 30-65280715-8 Convócase a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria para el día 13 de diciembre de

2023 en primera convocatoria, a las 16:30 horas, y en segunda convocatoria, a las 17:30 horas del mismo día, en

la sede social sita en Talcahuano 778 Piso 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA: 1) Consideración de las cartas poder si las hubieran, y pronunciamiento de la constitución legal

de la asamblea. 2) Designación de dos accionistas para suscribir el Acta. 3) Considerar las razones que motivaron

la presentación tardía de los Estados Contables correspondientes a los ejercicios cerrados el 30/06/2021, el

30/06/2022 y el 31/06/2023. 4) Consideración de la documentación indicada por el art. 234, inc. 1º de la Ley

19.550 correspondiente a los ejercicios cerrados el 30/06/2021, el 30/06/2022 y el 30/06/2023. Tratamiento del

resultado de los ejercicios. 5) Consideración de la gestión del directorio. 6) Reemplazar el art. 28 del Reglamento

de Altos de Pilar Country Club por el siguiente texto: “La Comisión Directiva tiene amplias y plenas facultades

para aplicar sanciones a los socios por faltas cometidas que violen o alteren la seguridad, la normal y sana

convivencia y/o las disposiciones establecidas expresamente en el presente reglamento. Las sanciones podrán

consistir en apercibimiento, multa u otra que se considere más adecuada, debiendo ser aplicada y notificada al

socio de forma inmediata. En los casos de multa, la Comisión Directiva tiene la facultad de resolver el monto a

aplicar de acuerdo a los antecedentes y gravedad de la situación presentada y a las características del caso”.

Reemplazar el art. 29 del Reglamento de Altos de Pilar Country Club por el siguiente texto: “En cualquiera de los

casos por los cuales la comisión Directiva resuelva sancionar a un socio, el mismo deberá modificar aquello que

generó la infracción de manera de restablecer la situación anterior de acuerdo a la normativa que establezca el

presente reglamento en forma inmediata, pudiendo aplicarse nuevas sanciones en caso de incumplimiento. En

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.306 - Segunda Sección 72 Lunes 27 de noviembre de 2023

caso de no ser posible por las características del caso, ello será considerado y valorado para la determinación

de la sanción a aplicarse.” 7) Aprobar la venta de los lotes identificados como A y B, de la Qta. 46 según plano

con visado municipal correspondiente al expediente 10210/2022, cuyos dominios corresponden a Altos de Pilar

Country Club S.A., con la finalidad de financiar total o parcialmente los gastos que correspondan a futuras obras

de infraestructura aprobadas por los socios en la forma que establezca el estatuto de la sociedad. Los dos

terrenos que se mencionan deberán ser vendidos a dos familias distintas sin excepción y por dichas operaciones

se emitirán dos acciones clase “A “, de manera de generar la liquidación de expensas completas por cada uno de

los terrenos en cuestión. Los detalles, condiciones y oportunidad de venta deberán ser resueltos oportunamente

por los Sres. Socios en reunión de accionistas y sus términos plasmados por la Comisión Directiva mediante acta

de directorio. 8) Aprobar la realización de las siguientes obras de infraestructura: A. Pavimentación de la totalidad

de las calles del predio de Altos de Pilar Country Club de acuerdo a las necesidades y posibilidades que serán

consideradas por la comisión directiva correspondiente. B. Colocación de luminaria mediante faroles en todas sus

calles con soterramiento del tendido eléctrico o sistema de energía solar, eliminándose de tal modo los cables

aéreos para dichos fines. C. Destrucción de la vivienda ubicada en el ingreso de Altos de Pilar Country Club para

destinar su terreno a modificar y construir un nuevo acceso al predio que incluya lugares para facilitar los trabajos

de los empleados de la sociedad y el personal de guardia. D. Obra para cloaca de acuerdo a lo que establezca

la autoridad Provincial o Municipal correspondiente. E. Obra para agua corriente de acuerdo a lo que establezca

la autoridad Provincial o Municipal correspondiente. El orden de las obras enumeradas no significa prioridad

alguna de unas sobre otras, las que se podrán llevar a cabo total o parcialmente de acuerdo a la decisión que

tome la comisión directiva correspondiente, según la necesidad, oportunidad y posibilidades que se presenten. 9)

Designación de nuevo directorio por un nuevo término de 2 ejercicios.

Designado según instrumento privado ACTA directorio 293 de fecha 17/6/2021 CLAUDIA NORMA CALVO -

Presidente

e. 22/11/2023 N° 94582/23 v. 28/11/2023