W20 Argentina W20Argentina

N° 98368/23 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales lunes, 4 de diciembre de 2023

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de

Corrientes, Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino

de cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 72, de fecha 3 de agosto de 2023, en la causa Nº FCT

2524/2017/TO1 caratulada: “LAURENCIO, José Alberto y otros s/Inf. Ley 23.737”, respecto de: FRANCO IVAN

ANDRUJOWICH DNI N° 37.544.289, de nacionalidad argentina, de 29 años de edad, nacido el 16 de febrero 1994,

instruido, de ocupación ganadero, actualmente cumple prisión domiciliaria en la finca sita en calle Viamonte N° 125

de la ciudad de Oberá, provincia de Misiones.-, la que dispone: “SENTENCIA Nº 72. CORRIENTES, 3 de agosto

de 2023.- Y VISTOS: Por los fundamentos precedentes, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,

RESUELVE: 1º) … 2º) CONDENAR a FRANCO IVAN ANDRUJOWICH DNI N° 37.544.289 ya filiado en autos, a la

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.312 - Segunda Sección 54 Lunes 4 de diciembre de 2023

pena de seis (06) años de prisión y multa de pesos treinta mil ($ 30.000) -la que deberá hacerse efectiva dentro del

término de treinta días de quedar firme la sentencia- por habérselo hallado coautor penalmente responsable del

delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, en la modalidad de tenencia con fines de comercialización

y almacenamiento, agravada por la intervención de tres o más personas (artículos 5, inciso “c” y 11 inciso “c” de

la ley 23737) en concurso real con el delito de tenencia ilegítima de arma de guerra -artículo 189 bis, inciso 2,

segundo párrafo del Código Penal, más accesorias y costas legales (artículos 12, 40, 41 y 45 del Código Penal y

artículos 530, 531 y 533 del CPPN); 3º) CONDENAR a RAMÓN ANTONIO PIRIS, D.N.I. Nº 21.550.073, ya filiado en

autos, a la pena de SEIS (6) años de prisión, y multa de pesos cinco ($ 5.000,00) la que deberá hacerse efectiva

en el término de treinta (30) días de quedar firme la presente, como coautor penalmente responsable del delito

previsto y reprimido por el art. 5 Inc. c) de la Ley 23.737 en la agravante del artículo 11 Inciso c), in fine, del mismo

régimen legal, declarándolo reincidente por primera vez (artículo 50 C.P.) con costas (art. 40, 41 y 45 del Código

Penal y arts. 530, 531,533 y 535 del C.P.P.N.).- 3°) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) REGISTRAR, protocolizar,

publicar, cursar las demás comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente, practicar por secretaría

el cómputo de pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN) y oportunamente

ARCHIVAR.- Fdo.: Dr. Víctor Antonio Alonso – Juez de Cámara – Dr. Fermín Amado Ceroleni – Juez de Cámara

– Dr. Juan Manuel Iglesias – Juez de Cámara –Ante mí: Dr. José Alfredo Rach.- Secretario – Tribunal Oral en lo

Criminal Federal – Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE

EJECUCION PENAL

e. 04/12/2023 N° 98368/23 v. 11/12/2023