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N° 100162/23 Aviso del Boletín Oficial

PINGO PAMPA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 7 de diciembre de 2023

Texto del aviso

PINGO PAMPA S.A.

CUIT 30519695290. Hace saber que en Asamblea de fecha 04/12/23: 1) Se designaron directores por tres ejercicios:

Presidente: Carolina Isola, DNI 23887616; Vicepresidente: Marta Ottati, DNI 9798237; Director suplente: Agustín

José Isola, DNI 4294344. Aceptaron el cargo y constituyeron domicilio en Avenida Belgrano 471 piso 3 oficina 5,

CABA. Directorio anterior Marta Ottati, Agustín José Isola, y Carolina Isola. Cesaron en sus cargos por renuncia;

2) Se reformó el artículo quinto del Estatuto Social: “Las acciones que en el futuro se emitan serán nominativas no

endosables, ordinarias o preferidas, según lo determine la Asamblea de Accionistas de la Sociedad. Estas últimas

podrán tener derecho de preferencia en el pago de los dividendos de la Sociedad y/o preferencia en la cuota de

liquidación de la Sociedad, conforme a las condiciones de su emisión. Las acciones nominativas no endosables

y preferidas otorgarán a sus titulares derechos preferentes a la suscripción de nuevas acciones de la misma

clase y derecho de acrecer en proporción a las que posean de acuerdo a lo previsto por el artículo 194 de la Ley

19.550. La transferencia de acciones de la Sociedad entre los accionistas es libre. La transferencia de las acciones

de la Sociedad a terceros se sujetará al siguiente procedimiento: El accionista que desee ceder sus acciones

y/o reciba una oferta en tal sentido, deberá previamente ofrecerlas en forma fehaciente a los otros accionistas

en iguales términos y condiciones, identificando al tercero. Cualquiera de los accionistas tendrá la opción de

adquirir las acciones del accionista vendedor en los términos y condiciones establecidas para la cesión. Los

accionistas informarán al accionista vendedor en forma fehaciente y dentro de los treinta días corridos si ejercen

el derecho de prelación. Vencido el plazo señalado sin respuesta fehaciente de los accionistas, la oferta caducará

y se considerará que los accionistas han renunciado al ejercicio del derecho de prelación. Para el caso de que la

parte accionista receptora de la propuesta estuviera conformada y aceptada por más de un accionista, la oferta

se considerará aceptada a prorrata de sus respectivas tenencias.” Autorizado según instrumento privado Acta de

Asamblea de fecha 04/12/2023

Gonzalo Hernan Vidal - T°: 70 F°: 858 C.P.A.C.F.

e. 07/12/2023 N° 100162/23 v. 07/12/2023