N° 100162/23 Aviso del Boletín Oficial
PINGO PAMPA S.A.
Texto del aviso
PINGO PAMPA S.A.
CUIT 30519695290. Hace saber que en Asamblea de fecha 04/12/23: 1) Se designaron directores por tres ejercicios:
Presidente: Carolina Isola, DNI 23887616; Vicepresidente: Marta Ottati, DNI 9798237; Director suplente: Agustín
José Isola, DNI 4294344. Aceptaron el cargo y constituyeron domicilio en Avenida Belgrano 471 piso 3 oficina 5,
CABA. Directorio anterior Marta Ottati, Agustín José Isola, y Carolina Isola. Cesaron en sus cargos por renuncia;
2) Se reformó el artículo quinto del Estatuto Social: “Las acciones que en el futuro se emitan serán nominativas no
endosables, ordinarias o preferidas, según lo determine la Asamblea de Accionistas de la Sociedad. Estas últimas
podrán tener derecho de preferencia en el pago de los dividendos de la Sociedad y/o preferencia en la cuota de
liquidación de la Sociedad, conforme a las condiciones de su emisión. Las acciones nominativas no endosables
y preferidas otorgarán a sus titulares derechos preferentes a la suscripción de nuevas acciones de la misma
clase y derecho de acrecer en proporción a las que posean de acuerdo a lo previsto por el artículo 194 de la Ley
19.550. La transferencia de acciones de la Sociedad entre los accionistas es libre. La transferencia de las acciones
de la Sociedad a terceros se sujetará al siguiente procedimiento: El accionista que desee ceder sus acciones
y/o reciba una oferta en tal sentido, deberá previamente ofrecerlas en forma fehaciente a los otros accionistas
en iguales términos y condiciones, identificando al tercero. Cualquiera de los accionistas tendrá la opción de
adquirir las acciones del accionista vendedor en los términos y condiciones establecidas para la cesión. Los
accionistas informarán al accionista vendedor en forma fehaciente y dentro de los treinta días corridos si ejercen
el derecho de prelación. Vencido el plazo señalado sin respuesta fehaciente de los accionistas, la oferta caducará
y se considerará que los accionistas han renunciado al ejercicio del derecho de prelación. Para el caso de que la
parte accionista receptora de la propuesta estuviera conformada y aceptada por más de un accionista, la oferta
se considerará aceptada a prorrata de sus respectivas tenencias.” Autorizado según instrumento privado Acta de
Asamblea de fecha 04/12/2023
Gonzalo Hernan Vidal - T°: 70 F°: 858 C.P.A.C.F.
e. 07/12/2023 N° 100162/23 v. 07/12/2023