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N° 100877/23 Aviso del Boletín Oficial

ROCUOR S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 11 de diciembre de 2023

Texto del aviso

ROCUOR S.A.

CONSTITUCION: Escritura 259, Folio 804, del 07/12/2023, Registro 331. Ciudad Autónoma Buenos Aires. don Juan

Ignacio RODRIGUEZ LATINI, argentino, soltero, comerciante, nacido el 10 de junio de 1985, con D.N.I. 31.928.233,

Cuit 20-31928233-6, domiciliado en la calle Sáenz Peña 925, Tigre, Provincia de Buenos Aires; don Juan Ángel

ORTEGA, argentino, casado, comerciante, nacido el 11 de enero de 1953, con D.N.I. 10.603.808, Cuit 20-10603808-

3, domiciliado en la calle Enciso 673, Tigre, Provincia de Buenos Aires y doña Yesica Estefanía CUELLA, argentina,

soltera, comerciante, nacida el 18 de abril de 1989, con D.N.I. 34.416.185, Cuit 27-34416185-8, domiciliada en la

calle Luis Pereyra 13, Tigre, Provincia de Buenos Aires. 2) “ROCUOR S.A.”. 3) Chacabuco 822, Capital Federal. 4)

La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros al desarrollo de

la actividad de: 1. El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras

civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones,

restauraciones y reparaciones. 2. La prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de

la ingeniería civil. 3. La realización de trabajos, estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y

arquitectura. 4. La adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante

su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o

industriales que resulten de la edificación. 5. El desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en

bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales. 6. La promoción,

constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los

negocios sobre propiedad raíz. 7. Las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar

proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a

bien tengan para arrendamiento o explotación comercial. 8. La ejecución de toda clase de negocios, además de

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.318 - Segunda Sección 14 Lunes 11 de diciembre de 2023

la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento,

arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad horizontal, etc. 9. La

construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía,

teléfonos, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos. 10. Los montajes

electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, etc. 11. Los montajes de

tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo. 12. Los montajes electromecánicos

para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura. 13.La construcción de obras e

infraestructura para el sector del petróleo incluyendo la construcción de oleoductos, poliductos, gasoductos,

plataformas para pozos, estación de bombeo, etc. 14. La construcción de estructuras para edificios, puentes e

infraestructura en general en concreto o metálicas. 15. La enajenación de materiales de construcción nuevos y de

sobrantes de obra. 16. La participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras

asociaciones, aun cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta cláusula. 17. La

adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados

en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también

arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción. 18. La sociedad podrá prestar servicios públicos

domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones –TIC– y actividades complementarias o

inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios públicos privadas o mixtas y/o participar en

cualquier tipo de asociación como uniones temporales o consorcios y en general asociarse con terceros para la

creación o no de personas jurídicas nuevas o para participar en las ya existentes que tengan por objeto la prestación

de los servicios o actividades enunciadas, incluida la participación en promesas de sociedades futuras. 19. La

compra, construcción, administración y operación de activos inmobiliarios, tales como hoteles, mini depósitos,

centros comerciales, centros de distribución, tiendas de conveniencia, oficinas y almacenes, así como la realización

de cualquier otro acto jurídico relacionado con dichos activos inmobiliarios. 20. La enajenación a cualquier título

de valores muebles, tales como acciones, cuotas, títulos, participaciones, papeles comerciales y en general

activos a través de los cuales la sociedad realice inversiones que tiendan a la precautelación e incremento de su

patrimonio social. 21. La adquisición, producción, transformación, distribución y, en general, el comercio de

materiales, accesorios, herramientas e implementos de naturaleza diversa empleados en la industria de la

construcción. 22. El suministro e instalación de mobiliario urbano. Para el desarrollo de su objeto social, la sociedad

podrá: Adquirir, gravar, enajenar, limitar y dar en garantía toda clase de bienes raíces, muebles, equipos e

implementos para la ejecución de obras y construcciones para respaldar obligaciones propias o de terceros y

celebrar contratos en virtud de los cuales la sociedad tome a su cargo, directamente o por conducto de contratistas,

la planeación o ejecución de estudios de factibilidad, de mercadeo y de actividades accesorias a la construcción

de obras de urbanización, parcelación en áreas urbanas, suburbanas o rurales; la administración y venta de lotes,

parcelas y edificaciones; la asociación con terceros para el desarrollo y ejecución de programas de urbanización,

parcelación o construcción; establecer talleres para la reparación, sostenimiento y construcción de equipos;

producir materiales destinados a obras o construcciones, y explotar canteras, playas y demás depósitos naturales

o yacimientos de materiales para construcción con destino a sus obras o a la venta de los mismos; contratar la

ejecución de obras o trabajos bajo las diferentes modalidades comerciales o administrativas de contratación;

asociarse con terceros para la ejecución de obras o para la realización de proyectos específicos, bien sea bajo la

modalidad de consorcios, uniones temporales o cualquier otro tipo de asociación o participación; subcontratar

obras o parte de ellas; hacer inversiones de fomento y desarrollo para el aprovechamiento de incentivos de carácter

fiscal autorizados por la ley o transitoriamente como utilización fructífera de fondos o recursos no necesarios de

inmediato para el desarrollo de los negocios socia-les; celebrar operaciones de crédito por activa o por pasiva con

toda clase de personas u otorgar garantías, emitir bonos, tomar dinero en mutuo o dar en garantía sus bienes

muebles o inmuebles; celebrar todas las operaciones de crédito que le permitan obtener los fondos u otros activos

para el desarrollo de la empresa, comprar para revender, licitar, constituir sociedades filiales o promoverlas, formar

u organizar sociedades o vincularse a otras sociedades o empresas o en servicios, absorberlas y fusionarse con

ellas. En general celebrar o ejecutar toda clase de contratos u operaciones que sean necesarias o convenientes

para el logro de los fines que persigue la sociedad o que puedan favorecer o desarrollar sus negocios o que en

forma directa se relacionen con el objeto social. 5) 30 años a contar de la fecha de escritura. 6) $ 600.000.- El

capital social se fija en la suma de SEISCIENTOS MIL PESOS ($ 600.000), dividido en 6.000 cuotas de $ 100.- valor

nominal cada una, suscriptas por los socios de acuerdo al siguientes proporciones: Juan Ignacio RODRIGUEZ

LATINI: 2.000 acciones; Juan Ángel ORTEGA: 2.000 acciones y Yesica Estefanía CUELLA: 2.000 acciones- El

setenta y cinco por ciento restante será integrado dentro del plazo de dos años.- 7) DIRECTORIO: Se designa para

integrar el directorio a: PRESIDENTE: Juan Ignacio RODRIGUEZ LATINI - DIRECTOR SUPLENTE: Yesica Estefanía

CUELLA.- Lo que dure la Sociedad. Domicilio Especial del Directorio: Chacabuco 822, Capital Federal. 8) La

sociedad prescinde de la sindicatura.- 9) 31/12 de cada año. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 259 de

fecha 07/12/2023 Reg. Nº 331

Ana Maria Zubizarreta - Matrícula: 2238 C.E.C.B.A.

e. 11/12/2023 N° 100877/23 v. 11/12/2023