N° 100877/23 Aviso del Boletín Oficial
ROCUOR S.A.
Texto del aviso
ROCUOR S.A.
CONSTITUCION: Escritura 259, Folio 804, del 07/12/2023, Registro 331. Ciudad Autónoma Buenos Aires. don Juan
Ignacio RODRIGUEZ LATINI, argentino, soltero, comerciante, nacido el 10 de junio de 1985, con D.N.I. 31.928.233,
Cuit 20-31928233-6, domiciliado en la calle Sáenz Peña 925, Tigre, Provincia de Buenos Aires; don Juan Ángel
ORTEGA, argentino, casado, comerciante, nacido el 11 de enero de 1953, con D.N.I. 10.603.808, Cuit 20-10603808-
3, domiciliado en la calle Enciso 673, Tigre, Provincia de Buenos Aires y doña Yesica Estefanía CUELLA, argentina,
soltera, comerciante, nacida el 18 de abril de 1989, con D.N.I. 34.416.185, Cuit 27-34416185-8, domiciliada en la
calle Luis Pereyra 13, Tigre, Provincia de Buenos Aires. 2) “ROCUOR S.A.”. 3) Chacabuco 822, Capital Federal. 4)
La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros al desarrollo de
la actividad de: 1. El estudio, diseño, planeación, contratación y ejecución de toda clase de edificaciones, obras
civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones,
restauraciones y reparaciones. 2. La prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de
la ingeniería civil. 3. La realización de trabajos, estudios, consultorías y proyectos en materia de urbanismo y
arquitectura. 4. La adquisición de inmuebles para ejecutar por sí o por medio de terceros la construcción mediante
su urbanización, programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o
industriales que resulten de la edificación. 5. El desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en
bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales. 6. La promoción,
constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los
negocios sobre propiedad raíz. 7. Las inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar
proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a
bien tengan para arrendamiento o explotación comercial. 8. La ejecución de toda clase de negocios, además de
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.318 - Segunda Sección 14 Lunes 11 de diciembre de 2023
la compraventa, relacionados con la comercialización de la propiedad raíz tales como: financiamiento,
arrendamiento, fideicomiso, administración, usufructo, constitución y régimen de propiedad horizontal, etc. 9. La
construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía,
teléfonos, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos. 10. Los montajes
electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, etc. 11. Los montajes de
tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo. 12. Los montajes electromecánicos
para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura. 13.La construcción de obras e
infraestructura para el sector del petróleo incluyendo la construcción de oleoductos, poliductos, gasoductos,
plataformas para pozos, estación de bombeo, etc. 14. La construcción de estructuras para edificios, puentes e
infraestructura en general en concreto o metálicas. 15. La enajenación de materiales de construcción nuevos y de
sobrantes de obra. 16. La participación en sociedades civiles o comerciales, cuentas en participación y otras
asociaciones, aun cuando su objeto social no tenga relación con el que aparece descrito en esta cláusula. 17. La
adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados
en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también
arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción. 18. La sociedad podrá prestar servicios públicos
domiciliarios, de tecnologías de la información y las comunicaciones –TIC– y actividades complementarias o
inherentes a los mismos, así como ser socio de empresas de servicios públicos privadas o mixtas y/o participar en
cualquier tipo de asociación como uniones temporales o consorcios y en general asociarse con terceros para la
creación o no de personas jurídicas nuevas o para participar en las ya existentes que tengan por objeto la prestación
de los servicios o actividades enunciadas, incluida la participación en promesas de sociedades futuras. 19. La
compra, construcción, administración y operación de activos inmobiliarios, tales como hoteles, mini depósitos,
centros comerciales, centros de distribución, tiendas de conveniencia, oficinas y almacenes, así como la realización
de cualquier otro acto jurídico relacionado con dichos activos inmobiliarios. 20. La enajenación a cualquier título
de valores muebles, tales como acciones, cuotas, títulos, participaciones, papeles comerciales y en general
activos a través de los cuales la sociedad realice inversiones que tiendan a la precautelación e incremento de su
patrimonio social. 21. La adquisición, producción, transformación, distribución y, en general, el comercio de
materiales, accesorios, herramientas e implementos de naturaleza diversa empleados en la industria de la
construcción. 22. El suministro e instalación de mobiliario urbano. Para el desarrollo de su objeto social, la sociedad
podrá: Adquirir, gravar, enajenar, limitar y dar en garantía toda clase de bienes raíces, muebles, equipos e
implementos para la ejecución de obras y construcciones para respaldar obligaciones propias o de terceros y
celebrar contratos en virtud de los cuales la sociedad tome a su cargo, directamente o por conducto de contratistas,
la planeación o ejecución de estudios de factibilidad, de mercadeo y de actividades accesorias a la construcción
de obras de urbanización, parcelación en áreas urbanas, suburbanas o rurales; la administración y venta de lotes,
parcelas y edificaciones; la asociación con terceros para el desarrollo y ejecución de programas de urbanización,
parcelación o construcción; establecer talleres para la reparación, sostenimiento y construcción de equipos;
producir materiales destinados a obras o construcciones, y explotar canteras, playas y demás depósitos naturales
o yacimientos de materiales para construcción con destino a sus obras o a la venta de los mismos; contratar la
ejecución de obras o trabajos bajo las diferentes modalidades comerciales o administrativas de contratación;
asociarse con terceros para la ejecución de obras o para la realización de proyectos específicos, bien sea bajo la
modalidad de consorcios, uniones temporales o cualquier otro tipo de asociación o participación; subcontratar
obras o parte de ellas; hacer inversiones de fomento y desarrollo para el aprovechamiento de incentivos de carácter
fiscal autorizados por la ley o transitoriamente como utilización fructífera de fondos o recursos no necesarios de
inmediato para el desarrollo de los negocios socia-les; celebrar operaciones de crédito por activa o por pasiva con
toda clase de personas u otorgar garantías, emitir bonos, tomar dinero en mutuo o dar en garantía sus bienes
muebles o inmuebles; celebrar todas las operaciones de crédito que le permitan obtener los fondos u otros activos
para el desarrollo de la empresa, comprar para revender, licitar, constituir sociedades filiales o promoverlas, formar
u organizar sociedades o vincularse a otras sociedades o empresas o en servicios, absorberlas y fusionarse con
ellas. En general celebrar o ejecutar toda clase de contratos u operaciones que sean necesarias o convenientes
para el logro de los fines que persigue la sociedad o que puedan favorecer o desarrollar sus negocios o que en
forma directa se relacionen con el objeto social. 5) 30 años a contar de la fecha de escritura. 6) $ 600.000.- El
capital social se fija en la suma de SEISCIENTOS MIL PESOS ($ 600.000), dividido en 6.000 cuotas de $ 100.- valor
nominal cada una, suscriptas por los socios de acuerdo al siguientes proporciones: Juan Ignacio RODRIGUEZ
LATINI: 2.000 acciones; Juan Ángel ORTEGA: 2.000 acciones y Yesica Estefanía CUELLA: 2.000 acciones- El
setenta y cinco por ciento restante será integrado dentro del plazo de dos años.- 7) DIRECTORIO: Se designa para
integrar el directorio a: PRESIDENTE: Juan Ignacio RODRIGUEZ LATINI - DIRECTOR SUPLENTE: Yesica Estefanía
CUELLA.- Lo que dure la Sociedad. Domicilio Especial del Directorio: Chacabuco 822, Capital Federal. 8) La
sociedad prescinde de la sindicatura.- 9) 31/12 de cada año. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 259 de
fecha 07/12/2023 Reg. Nº 331
Ana Maria Zubizarreta - Matrícula: 2238 C.E.C.B.A.
e. 11/12/2023 N° 100877/23 v. 11/12/2023