N° 101091/23 Aviso del Boletín Oficial
MAQUIGOD S.R.L.
Texto del aviso
MAQUIGOD S.R.L.
CUIT 30710724241 POR ACTA DE REUNION DE SOCIOS DE 28/11/2023, se ratificó por unanimidad la remoción del
gerente Gerardo Ángel Da Valle aprobada por Acta de Reunión de Socios de 29/07/2022. Se aprobó por unanimidad
reformar el ARTICULO SEXTO, el que queda redactado de la siguiente forma: ARTICULO SEXTO: Las reuniones
de los socios se podrán celebrar en la sede social o también podrán celebrarse mediante videoconferencia o
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.319 - Segunda Sección 24 Martes 12 de diciembre de 2023
multiconferencia telefónica o sistemas equivalentes con imagen y sonido, previa citación de los socios gerentes
a los domicilios reales o a través de los domicilio electrónicos denunciados por los socios. Para ello cada uno de
los socios deberán constituir un domicilio real y un domicilio electrónico, debiendo notificar fehacientemente a la
gerencia, pudiendo hacerlo también de manera electrónica, o al último domicilio comunicado a la sociedad con una
anticipación no menor a 10 días. Cuando la reunión se celebre por alguno de los sistemas indicados que impliquen
la no presencia física de los socios, el sistema utilizado mismo deberá garantizar la seguridad de la reunión
y la plena participación de todos los socios cuando se realice mediante videoconferencia o multiconferencia,
telefónica, o sistema equivalente con imagen y sonido. A tales efectos, las notificaciones de Reuniones de Socios
deberán indicar la ubicación donde tendrá lugar la reunión físicamente, y también deberán indicar si a la misma
se podrá asistir y participar mediante conferencia o multiconferencia, telefónica, o videoconferencia o sistema
equivalente con imagen y sonido debiendo indicar y disponer de los medios técnicos precisos hasta este fin, que
en todo caso deberán posibilitar la plena participación de todos los integrantes y garantice la comunicación directa
y simultanea entre los asistentes y la emisión de sus votos, y siempre que en la reunión se denote claramente la
identidad de los miembros participantes. la transformación, fusión, escisión, prorroga, reconducción, transferencia
de domicilio al extranjero, el cambio fundamental del objeto, y las decisiones que incrementen las obligaciones o
el aumento de capital social que importe una integración efectiva por parte de los socios, deberán ser adoptadas
por el voto del 66% partes del Capital Social. Las demás resoluciones que importen modificación del Contrato
Social se adoptarán por mayoría absoluta del capital. Las resoluciones que no conciernan a la modificación del
contrato, la designación y revocación de Gerentes se adoptarán por mayoría del capital presente en la respectiva
reunión. Cada cuota confiere derecho a un voto. Toda comunicación o citación dirigida a los socios se sujetará
a lo dispuesto en el Artículo 159 de la Ley19.550. Autorizado según instrumento privado ACTA DE REUNION DE
SOCIOS de fecha 28/11/2023
Luz Maria Florencia de los Milagros Mujica - T°: 138 F°: 944 C.P.A.C.F.
e. 12/12/2023 N° 101091/23 v. 12/12/2023