N° 100754/23 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 1
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 1
EDICTO- El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 1, a cargo como Juez del Dr. Alberto Alemán,
Secretaría 1, a mi cargo, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 5º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco
días que con fecha 15 de noviembre de 2023, se decretó la quiebra de SAMIAN S.A. (CUIT N° 30-71156615-1) bajo
los autos caratulados “ SAMIAN S.A. s/QUIEBRA” Expte. 15495 / 2022, en la que se designó síndico al contador
DANIEL HUMBERTO DE FILIPPI con domicilio en Suipacha 1172 piso 4º “C” (tel. 1567829820 – 4312 2028) , ante
quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos
hasta el día 6 de marzo de 2024. Se intima al deudor para que cumplimente los siguientes recaudos: a) Se abstenga
de salir del país sin previa autorización del Tribunal (art. 103 L.C.). b) Se prohíben los pagos y entrega de bienes
al fallido, so pena de considerarlos ineficaces y c) Se intima a quienes tengan bienes y documentación del fallido
para que los pongan a disposición del síndico en cinco días. d) Intímase al fallido para que en el plazo de 48 horas
constituya domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados
del Juzgado (art. 88, inc. 7º L.C.). Corresponde que a los fines de la insinuación de los créditos, se envíen los
pedidos verificatorios a la dirección de e-mail de la sindicatura: berger@estudioberger.org, con todos los recaudos
previstos en el art. 32 de la LCQ, copia digitalizada de la documentación que acredite la identidad, consignándose
en el asunto el “INSINUACION PROCESO CONCURSAL (indicándose el proceso al que va dirigido) FORMULADA
POR (consignar nombre del insinuante) ”. La constancia de envío del email, valdrá como fecha de presentación de
la solicitud verificatoria, encomendándose a la sindicatura confirmar esa recepción al remitente por la misma vía
dentro de las 24hs., como así también informar –cuando ello corresponda- a cada insinuante la cuenta personal
a la que deberá transferirse el arancel correspondiente. Dicho gasto, deberá integrarse dentro de los 3 días de
cumplida esa comunicación, bajo apercibimiento será tener por no presentado el pedido verificatorio. Hágase saber
a los interesados, que a los fines de poder tener una mejor compulsa digital para todos los intervinientes, deberán
ingresar sus escritos en formato PDF, agrupando los documentos en un único archivo hasta alcanzar la capacidad
de 5 MegaBytes que el sistema de Gestión Judicial permite, reduciendo en su caso la calidad para maximizar la
carga. En caso de resultar imprescindible, se admitirán más archivos, debiéndose cumplir con esa pauta a los
fines de un mejor orden informático. Se pone en conocimiento de los intervinientes que la documentación que
se digitalice será considerada como una declaración jurada en cuanto a su existencia y contenido, pudiéndose
requerir su exhibición por parte de la sindicatura o el tribunal cuando se entienda pertinente. Hágase saber que este
requerimiento, en caso de realizarlo el tribunal, será notificado al domicilio constituido mediante cédula formato
papel o en el digital que en su caso se establezca de modo expreso a esos fines, teniéndose por no realizada la
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.321 - Segunda Sección 98 Jueves 14 de diciembre de 2023
insinuación en caso de falta de presentación, más allá de las eventuales responsabilidades Civiles o Penales. La
sindicatura presentará y subirá la totalidad de las insinuaciones recibidas al expediente (alfabéticamente en lo
posible y con aviso al tribunal vía email), las que se subirán al sistema y estarán disponibles a los fines de que los
interesados puedan consultarlas y formular, dentro del período correspondiente, las observaciones que entiendan
pertinentes. Dichas observaciones, deberán enviarse al correo electrónico de la sindicatura, quien las acompañará
conjuntamente con el informe individual, transcribiéndola al momento de presentar el mismo, conforme es usual
observar en los informes individuales. En caso de haberse incorporado nueva documentación, se agregará como
anexo a esa presentación. Ante cualquier consulta o imposibilidad, los interesados siempre tendrán un canal
de comunicación con el juzgado a través de la casilla de e-mail jncomercial1.sec1@pjn.gov.ar. Buenos Aires, de
diciembre de 2023. Alberto Alemán Juez - Mariano Conde Secretario
e. 11/12/2023 N° 100754/23 v. 15/12/2023