N° 7450/2020 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59
Se hace saber que en los autos ASOCIACIÓN CIVIL USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS C/ BANCO DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES S /ORDINARIO Expte. COM N° 7450/2020, que tramitan por ante el Juzgado Nacional
de Primera Instancia en lo Comercial N° 30, Secretaría N° 59, las partes han arribado a un acuerdo transaccional
en virtud del cual el Banco reintegrará a los clientes y ex clientes que percibieran el IFE (en adelante los “Usuarios
Beneficiarios”) los intereses a la tasa activa promedio BNA para operaciones de descuentos por los conceptos
detraídos del Ingreso Federal de Emergencia (IFE) y luego devueltos, entre el 17/04/2020 y el 18/05/2020. El monto
de los intereses reconocidos se actualizará hasta el 31/08/2023 aplicando la misma tasa promedio BNA para
operaciones de descuento y se le adicionará un 25% como reconocimiento a las molestias que pudieron haberse
ocasionado a los consumidores. El importe total a desembolsar por el Banco es por la suma de PESOS DOSCIENTOS
TREINTA Y UN MIL CIENTO CINCO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 231.105,29). El Banco restituirá dentro
de los 15 (quince) días corridos de quedar firme la homologación del Acuerdo a los Usuarios Beneficiarios que
continúan siendo clientes con cuentas en pesos activas a la vista las sumas que les corresponden, por medio de
acreditación en cuenta. Las acreditaciones a favor los acreedores que no posean cuenta en el Banco (no clientes),
el Banco efectuará los importes a reconocer a través de la Cámara Compensadora Electrónica SA (COELSA).
Para ello, previamente se oficiará a COELSA los CUIT de los ex titulares de las cuentas para que informen los
CBU que posean de los mismos. Una vez que se cuente con esta información el Banco acreditará en las cuentas
dentro de los 15 días de recibido el informe de COELSA. Los acreedores no Bancarizados, se les concederá un
plazo de 60 días desde la última publicación del contenido del edicto en la web de la demandada para que se
contacten con el Banco por intermedio de los canales habilitados y redes sociales y podrán retirar las sumas
que le corresponda concurriendo a cualquier dependencia de BANCO CIUDAD acreditándose con DNI. Para el
caso de existir beneficiarios del IFE que sufrieron descuentos pero que no estén en el listado, la homologación
no hará cosa juzgada a su respecto. Además, se hace saber que el acuerdo no será oponible a las personas que
ya se excluyeron al presente proceso, a aquellos que manifiesten su voluntad de no quedar comprendidos en
éste mediante la presentación en el expediente o por correo electrónico dirigido a jncomercial30.sec59@pjn.gov.
ar dentro de los 40 días corridos desde la publicación del edicto en el Boletín Oficial (que deberá ser simultánea
con la notificación por correo electrónico); ni a los que no surjan del listado adjuntado en el expediente. No se
requerirá patrocinio jurídico o fundamentación, ni será sustanciada. La solicitud surtirá efectos desde que sea
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.323 - Segunda Sección 68 Lunes 18 de diciembre de 2023
tenida presente por el Tribunal. Buenos Aires, 05 de diciembre de 2023. SEBASTIÁN I. SÁNCHEZ CANNAVÓ Juez
- JUAN MARTÍN ARECHA Secretario
e. 18/12/2023 N° 102929/23 v. 19/12/2023