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N° 7450/2020 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59

Edictos Judiciales martes, 19 de diciembre de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59

Se hace saber que en los autos ASOCIACIÓN CIVIL USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS C/ BANCO DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES S /ORDINARIO Expte. COM N° 7450/2020, que tramitan por ante el Juzgado Nacional

de Primera Instancia en lo Comercial N° 30, Secretaría N° 59, las partes han arribado a un acuerdo transaccional

en virtud del cual el Banco reintegrará a los clientes y ex clientes que percibieran el IFE (en adelante los “Usuarios

Beneficiarios”) los intereses a la tasa activa promedio BNA para operaciones de descuentos por los conceptos

detraídos del Ingreso Federal de Emergencia (IFE) y luego devueltos, entre el 17/04/2020 y el 18/05/2020. El monto

de los intereses reconocidos se actualizará hasta el 31/08/2023 aplicando la misma tasa promedio BNA para

operaciones de descuento y se le adicionará un 25% como reconocimiento a las molestias que pudieron haberse

ocasionado a los consumidores. El importe total a desembolsar por el Banco es por la suma de PESOS DOSCIENTOS

TREINTA Y UN MIL CIENTO CINCO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($ 231.105,29). El Banco restituirá dentro

de los 15 (quince) días corridos de quedar firme la homologación del Acuerdo a los Usuarios Beneficiarios que

continúan siendo clientes con cuentas en pesos activas a la vista las sumas que les corresponden, por medio de

acreditación en cuenta. Las acreditaciones a favor los acreedores que no posean cuenta en el Banco (no clientes),

el Banco efectuará los importes a reconocer a través de la Cámara Compensadora Electrónica SA (COELSA).

Para ello, previamente se oficiará a COELSA los CUIT de los ex titulares de las cuentas para que informen los

CBU que posean de los mismos. Una vez que se cuente con esta información el Banco acreditará en las cuentas

dentro de los 15 días de recibido el informe de COELSA. Los acreedores no Bancarizados, se les concederá un

plazo de 60 días desde la última publicación del contenido del edicto en la web de la demandada para que se

contacten con el Banco por intermedio de los canales habilitados y redes sociales y podrán retirar las sumas

que le corresponda concurriendo a cualquier dependencia de BANCO CIUDAD acreditándose con DNI. Para el

caso de existir beneficiarios del IFE que sufrieron descuentos pero que no estén en el listado, la homologación

no hará cosa juzgada a su respecto. Además, se hace saber que el acuerdo no será oponible a las personas que

ya se excluyeron al presente proceso, a aquellos que manifiesten su voluntad de no quedar comprendidos en

éste mediante la presentación en el expediente o por correo electrónico dirigido a jncomercial30.sec59@pjn.gov.

ar dentro de los 40 días corridos desde la publicación del edicto en el Boletín Oficial (que deberá ser simultánea

con la notificación por correo electrónico); ni a los que no surjan del listado adjuntado en el expediente. No se

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.324 - Segunda Sección 83 Martes 19 de diciembre de 2023

requerirá patrocinio jurídico o fundamentación, ni será sustanciada. La solicitud surtirá efectos desde que sea

tenida presente por el Tribunal. Buenos Aires, 05 de diciembre de 2023. SEBASTIÁN I. SÁNCHEZ CANNAVÓ Juez

- JUAN MARTÍN ARECHA Secretario

e. 18/12/2023 N° 102929/23 v. 19/12/2023