N° 103445/23 Aviso del Boletín Oficial
TAXMOTOR GROUP S.A.
Texto del aviso
TAXMOTOR GROUP S.A.
CUIT 30-71713273-0. Por Asamblea General Extraordinaria Unánime del 02/10/2023, se resolvió: 1) cambiar la
jurisdicción de la sociedad del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al ámbito de la Provincia de
Córdoba; 2) trasladar la sede social desde calle Fray Justo Santa María de Oro 3058, piso 5, departamento A,
CABA, hacia calle Ramon J Carcano, Nro. 280 G 3 MAI-TEI 1, Chateau Carreras, Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba; y 3) reformar los artículos segundo, décimo primero y décimo segundo del Estatuto Social, los cuales
quedarán redactados de la siguiente forma: “Artículo 2º. La sociedad tendrá su domicilio legal en jurisdicción de
la Provincia de Córdoba, pudiendo el Directorio establecer agencias, sucursales, establecimientos, o cualquier
especie de representación dentro o fuera del país”. “Artículo 11º. En garantía del desempeño de sus funciones, y en
virtud de lo dispuesto en el Artículo 256 de la Ley 19.550, los directores titulares, y los suplentes cuando asuman
el cargo en reemplazo de los titulares cesantes, deberán constituir una garantía, la cual consistirá en bonos, títulos
públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, depositados en entidades financieras o cajas de valores, a
la orden de la sociedad, o en fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de
la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada accionista; en ningún caso procederá constituir la garantía
mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. El monto de la garantía será igual para todos los directores,
no pudiendo ser inferior al sesenta por ciento (60%) del monto del capital social en forma conjunta entre todos
los titulares designados. Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, en ningún caso el monto de la garantía
podrá ser inferior –en forma individual- a Pesos diez mil ($ 10.000) ni superior a Pesos cincuenta mil ($ 50.000),
por cada director”. “Artículo 12º. El Directorio sesionará válidamente con la presencia de la mayoría absoluta de
los directores, y adoptará sus decisiones por mayoría absoluta de los directores presentes. Los directores podrán
participar en las reuniones de Directorio mediante teleconferencia o por cualquier otro medio de comunicación que
permita que participen en forma remota, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en la Resolución
Nº 25 “G”/2020 de la Inspección de Personas Jurídicas”. Autorizado según instrumento privado Asamblea General
Extraordinaria de fecha 02/10/2023
IGNACIO SAMBRIZZI - T°: 106 F°: 163 C.P.A.C.F.
e. 19/12/2023 N° 103445/23 v. 19/12/2023