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N° 22171/2022 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34

Edictos Judiciales miércoles, 20 de diciembre de 2023

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34

EDICTO El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico Alberto Güerri,

Secretaría No. 34, a mi cargo, sito en la calle M.T. Alvear 1840, 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comunica, por el término de cinco días, que el 30-11.2023 se decretó la quiebra de VP DEL SUR S.R.L. C.U.I.T

30-71166827-2 expte. N° 22171/2022. El síndico designado es el Cdor. Alejandro Javier Laserna, con domicilio

electrónico 20252564986 y domicilio procesal en la calle Marcelo T de Alvear Nº 1261 3º Piso Oficina 51 de la

CABA. Hágase saber a los acreedores que deberán solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos

y presentar los títulos justificativos de los mismos hasta el 13.03.2024, haciendo saber que vencido el plazo

dispuesto no será recibida pretensión verificatoria alguna. Hágase saber que los pedidos verificatorios deberán ser

remitidos mediante correo electrónico a: electrónico ajlaserna@hotmail.com. Los aludidos instrumentos deberán

ser suscriptos con firma electrónica o digital, o bien – llegado el caso – ológrafa previamente impuesta sobre las

piezas en cuestión, haciendo saber que la totalidad de las piezas que se envíen tendrán el carácter de declaración

jurada, con todas las consecuencias que ello implica.- La fecha de envío del correo electrónico pertinente, valdrá

como fecha de presentación de la insinuación verificatoria. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago

del arancel previsto en la LCQ 32 deberá adjuntar también el comprobante de pago correspondiente que deberá

efectuarse a la cuenta con el ALIAS: CINTO.BORDE.PASADO. A los fines de garantizar el derecho impugnatorio

reglado por el art. 34 y art 200 de la ley 24522, los interesados podrán requerir copia de los legajos formados con

las distintas insinuaciones a la casilla de e-mail del funcionario concursal y, en caso de formular observaciones,

deberán atenerse –a los fines de su presentación– a las modalidades precedentemente dispuestas.- El 23.04.2024

y el 05.06.2024 se presentarán los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ.- Intímese a la fallida y a los

terceros, dentro de las 72 hs. de notificados y bajo apercibimiento de girar las actuaciones a Sede Penal, pongan

a disposición de la Sindicatura los bienes del deudor que tengan en su poder, prohibir la realización de pagos al

fallido y recibir pagos de aquel, y hacer saber que en dicho supuesto de efectuarse, serán declarados ineficaces

de pleno derecho en los términos del art. 109 LCQ. - Intimar al deudor para que cumpla con el art. 86 LCQ y para

que en el término de 24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con

la contabilidad.- Buenos Aires, 14 de diciembre de 2023.- Federico Alberto Güerri Juez - FERNANDO DELGADO

SECRETARIO

e. 15/12/2023 N° 102607/23 v. 21/12/2023