N° 2963/2021 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL NRO. 2 - SECRETARÍA CIVIL - TUCUMÁN
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL NRO. 2 - SECRETARÍA CIVIL - TUCUMÁN
EDICTO - Se hace saber a la firma Almundo.com, que por ante este Juzgado Federal n° 2 de Tucumán, a cargo
del Dr. José Manuel Díaz Velez por Subrogancia legal, Secretaria Civil a cargo María Inés Canigia, tramitan los
autos caratulados: “ALONSO SANTIAGO CARLOS Y OTRO C/ALMUNDO.COM SRL Y OTRO S/ LEY DE DEFENSA
DEL CONSUMIDOR” (exp. 5123/08). Que por proveído de fecha 28/08/2023 se ha dispuesto citarla por edictos
a los fines de notificarle la sentencia definitiva de fecha 31/03/2023, habiéndose dictado el proveído de fecha
28/08/2023 que a continuación se transcribe: “ S.M. de Tucumán, 28 de agosto de 2023.- I) Al escrito digital
de fecha 11/08/2023 ingresado por el letrado Bestani: Al punto 1) Téngase presente y estese a lo ut infra (punto
II). Al punto 2) Téngase presente las cedulas ley adjuntadas. Atento lo solicitado y lo normado por los arts. 145
y 343 del CPCCN, procédase por Secretaría a la notificación de la sentencia de fecha 31/03/2023por edictos
al codemandado Almundo.com, haciéndosele saber que por ante éste Juzgado, se tramitan los autos “Alonso
Santiago Carlos y otro c/ Almundo. Com SRL y otro s/ Ley de defensa del consumidor” Expte. N° 2963/2021 y
se ha dispuesto notificarle la sentencia definitiva que a continuación se transcribe: “San Miguel de Tucumán, 31
de marzo de 2023.- Y VISTOS: para dictar sentencia en “ALONSO, SANTIAGO CARLOS Y OTRO c/ ALMUNDO.
COM S.R.L. Y OTRO s/LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR”...RESULTA… CONSIDERANDO…Por ello, se
RESUELVE I).- HACER LUGAR parcialmente a la demanda interpuesta por Santiago Carlos Alonso y de Milagros
Elli Sánchez en contra de Almundo.com SRL y Norwegian Air Argentina SAU, y CONDENAR al pago de $ 39.735,83
(pesos treinta y nueve mil setecientos treinta y cinco con ochenta y tres centavos) a cada uno de los actores en
concepto de daño emergente (devolución sumas de dinero), y la suma de $ 10.000 (pesos diez mil) a cada uno de
los actores en concepto de daño moral, más intereses desde el 03/07/20 hasta su efectivo pago; y RECHAZAR el
rubro multa civil (daño punitivo) solicitado en el libelo de inicio, conforme lo considerado.- II).- IMPONER las costas
a las demandadas vencidas (art. 68 CPCCN).- III).- DIFERIR regulación de honorarios para su oportunidad.- IV).-
Líbrese cédula ley 22.172 a los fines de notificar el presente decisorio a las demandadas, quedando a cargo de la
parte interesada su confeccionamiento y diligenciamiento. V).- NOTIFIQUESE.- fdo. Fernando Luis Poviña. Juez
Federal. Secretaria Marcela Ducca”. Procédase por Secretaría a la carga del aviso destinado a la publicación en
el boletín Oficial de la República Argentina. Se publicara edictos en el Boletín Oficial y en el diario de mayor tirada
en la Provincia de Buenos Aires por el término de dos días. Atento la normativa vigente (Res. CSJN N° 1687/2012),
procédase por Secretaría a la carga del aviso destinado a la publicación en el Boletín Oficial de la República
Argentina tal como lo dispone el sistema de “Envío y Seguimiento de Publicaciones”.fdo. Fernando Luis Poviña.
Juez Federal.” Jose Manuel Diaz Velez Juez - Maria Ines Canigia secretaria civil
e. 21/12/2023 N° 104381/23 v. 22/12/2023