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N° 105839/23 Aviso del Boletín Oficial

CASHCOLLECTOR S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 27 de diciembre de 2023

Texto del aviso

CASHCOLLECTOR S.R.L.

CUIT 30707523359. Por Acta de Reunión de Socios 49 del 03/11/2023 Se reformo el Artículo Cuarto del estatuto:

“ARTICULO CUARTO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros,

con facultades para integrar joint ventures, uniones transitorias de empresas o agrupaciones de colaboración y

bajo cualquier otro tipo de contratación creado o a crearse, en el país o en el exterior, las siguientes actividades:

MANDATOS Y SERVICIOS: aceptación, desempeño y otorgamiento de representaciones, concesiones, comisiones,

consignaciones, agencias, gestiones de negocios y mandatos en general. Prestación de servicios, tercerización o

contratación de servicios para terceros, ya sean personas físicas o jurídicas (tanto Entidades Privadas como del

Sector Publico). Específicamente prestará de servicios de contact center, relativos a la plataforma de atención a

clientes, entendiéndose por tales el contacto para el desarrollo de actividades de promoción, comercialización,

servicio de asesoramiento y asistencia a clientes, fuera y dentro del territorio de la República Argentina, y toda

otra actividad conexa o relacionada a la antes detallada y que tenga por objeto la comunicación con clientes

destinada a atención, comercialización y post comercialización. Las actividades reseñadas podrán también ser

desarrolladas de modo indirecto, mediante la participación en otras sociedades de objeto análogo. Asimismo

realizará la gestión extrajudicial o judicial de cobranzas, administración de carteras de créditos en mora o no,

cuentas a percibir, investigación y análisis y/o estudios de mercado; encuestas en general; gestión de cobranza

personal por medios electrónicos o tradicionales; capacitación y formación de personal en cobranzas; calificación

de carteras de crédito, en mora o no; seguimiento judicial de carteras judiciales y auditorías externas de carteras

judiciales; participar en operaciones de compra o venta de carteras de deudores en mora, sean estos en gestión

extrajudicial o judicial, cedidos por entidades financieras, de consumo o de cualquier otra índole, pudiendo a

tales fines constituir o participar en cualquiera de las formas previstas por la ley de fideicomisos. FINANCIERAS:

obtención y otorgamiento de préstamos, financiaciones y negocios crediticios de toda índole, con o sin garantía,

con fondos propios o de terceros, excluyéndose expresamente las operaciones comprendidas en la ley de

entidades financieras y en toda otra que requiera el concurso público conforme a la ley 21526. La Sociedad no

llevará a cabo las actividades previstas en las Leyes N° 20.488. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o

por este contrato, pudiendo realizar todos los actos o contratos que directa o indirectamente se relacionen con el

objeto Social”. Autorizado según instrumento privado TESTIMONIO de fecha 21/12/2023

ROMINA MARIA CONSTANZA SOTO - T°: 73 F°: 978 C.P.A.C.F.

e. 27/12/2023 N° 105839/23 v. 27/12/2023