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N° 105735/23 Aviso del Boletín Oficial

CFL MOTORS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 27 de diciembre de 2023

Texto del aviso

CFL MOTORS S.A.

CUIT: 30-71595473-3. Por acta del 26/05/2021 reformo el articulo tercero del estatuto el que quedó redactado de la

siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros

tanto dentro de la Republica como en el exterior las siguientes actividades: a) Inversora: tomar participaciones

en otras sociedades, mediante la compra, venta o permuta, al contado o a plazos, de acciones, obligaciones

negociables, debentures u otra clase de títulos o aportes de capital a sociedades constituidas o a constituirse en el

pías o en el extranjero y cualquier otro valor mobiliario de inversión, inversión en bienes inmuebles, cuotas partes,

derecho, créditos, acciones, inclusive intangibles como los de propiedad intelectual o industrial, o celebrar los

contratos de colaboración empresarial tipificados en la ley de sociedades comerciales; transferencia de fondos,

créditos y derechos propios de la sociedad en administración fiduciaria, pudiendo actuar como fiduciante, fiduciario

o beneficiario de loa mismos. b) Financiera; Mediante el otorgamiento de préstamos con fondos propios, avales o

fianzas con o sin garantía real, a corto o largo plazo, para la financiación de todo tipo de operaciones y negocios

en favor, empresas o sociedades existentes o a constituirse vinculadas o no a la sociedad y sus accionistas, o

a simples particulares, constitución, extinción y transferencia, para cesión de prendas, hipotecas o cualquier

otro derecho real; otorgamiento de préstamos persona-les o de consumo, pon fondos propios, pagaderos para

la adquisición de bienes de uso o de consumo corrientes, pudiendo incorporar la utilización de libretas o bonos

de consumo privado, órdenes de compra, tarjetas cerradas y/o abiertas de compra o crédito para consumo y

otros instrumentos de compra o financiación inclusive electrónicos, utilizables ante comercios adheridos a un

sistema común dentro de los límites de la ley 25.060; actividades de factoring o leasing y la prestación de servicios

relacionados con las actividades descriptas. Desarrollo de medios de pago de cualquier naturaleza y mecanismo

de cobranza. Desarrollo y explotación de plataformas on line o en linea pare la ejecución de las actividades de la

sociedad por esta via. La sociedad no realizará las operaciones comprendidas en la ley de Entidades Financiera,

ni aquellas para las cuales se requiera el concurso o ahorro público. C) Mandataria: Mediante la administración de

activos de terceros, inclusive como fiduciario ordinario en los términos del art. 1 y concordante de la ley 24.441 y la

Ley 26.994, gestión de negocios y comisión de mandatos en general y por consignación; la gestión de cobranza a

terceros sea esta a de carácter regular, judicial o extrajudicial, su administración y control sea que ello se verifique

directamente por la sociedad o mediante la subcontratación de personas o empresas especializadas. A los fines

antedichos, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos

que no sean prohibidos por las ley y/o por este estatuto.”-. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 3116 de

fecha 01/11/2022 Reg. Nº 501

paula soledad Casuscelli - T°: 121 F°: 83 C.P.A.C.F.

e. 27/12/2023 N° 105735/23 v. 27/12/2023