W20 Argentina W20Argentina

N° 7/2015 Aviso del Boletín Oficial

APEX METALÚRGICA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 18 de enero de 2024

Texto del aviso

APEX METALÚRGICA S.A.

CUIT 30-71586718-0. Por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 29/09/23 se resolvió por unanimidad: (i) designar

nuevas autoridades por 3 ejercicios conforme el siguiente detalle: Presidente: Miguel Iglesias, Vicepresidente:

Paul Mahoney, Directores Titulares: Ricardo Luis Caffarone, Adolfo Martín Gabrielli, Lorenzo Donnelly, Francisco

García Mansilla y Arturo Jorge Acevedo; Directores suplentes: Marcus Granderson, Martín Donnelly y Tomás

Acevedo. Todos ellos aceptaron sus cargos y constituyeron domicilio especial en Esmeralda 1320, 4° A (CABA),

con excepción de Paul Mahoney y Marcus Granderson, quienes constituyeron domicilio especial en Maipú 1300,

piso 9° (CABA);(ii) designar como síndico titular a Francisco Pociello Argerich y síndico suplente a Esteban Micheli.

Ambos aceptaron los cargos en dicho acto y constituyeron domicilio especial en Esmeralda 1320, 4° A (CABA) y

(iii) reformar el estatuto de la sociedad, incorporando al mismo el artículo 14, quedando redactado de la siguiente

manera: “Artículo 14: Las reuniones de asamblea y de directorio podrán celebrarse, indistintamente, en forma

presencial o mediante medios de comunicación a distancia, tales como videoconferencias, teleconferencias y/o

cualquier otra plataforma de comunicación remota que permita la transmisión en simultáneo de audio y video,

ya sea en su primera o segunda convocatoria, siempre que se garantice: a) la libre accesibilidad de todos los

participantes a las reuniones; b.) la posibilidad de participar de la reunión a distancia mediante plataformas que

permitan la transmisión en simultáneo de audio y video; c.) la participación con voz y voto de todos los miembros

y del órgano de fiscalización, en su caso; d.) que la reunión celebrada de este modo sea grabada en soporte

digital; e.) Que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de 5 años, la

que debe estar a disposición de cualquier asociado que la solicite; f.) Que la reunión celebrada sea transcripta en

el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron y estar suscriptas

por el representante social y g.) Que en la convocatoria y en su comunicación por el medio impuesto legal o

estatutariamente debe fijarse el medio de comunicación y el modo de acceso al mismo a los efectos de prever

dicha participación, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la Resolución General IGJ N° 7/2015,

en la Resolución General IGJ N° 11/2020, /o en todas las demás normas complementarias y/o modificatorias que

pudieran dictarse en el futuro.” Autorizado según instrumento privado Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de

fecha 29/09/2023

FRANCISCO POCIELLO ARGERICH - T°: 30 F°: 593 C.P.A.C.F.

e. 18/01/2024 N° 2260/24 v. 18/01/2024