N° 7/2015 Aviso del Boletín Oficial
APEX METALÚRGICA S.A.
Texto del aviso
APEX METALÚRGICA S.A.
CUIT 30-71586718-0. Por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 29/09/23 se resolvió por unanimidad: (i) designar
nuevas autoridades por 3 ejercicios conforme el siguiente detalle: Presidente: Miguel Iglesias, Vicepresidente:
Paul Mahoney, Directores Titulares: Ricardo Luis Caffarone, Adolfo Martín Gabrielli, Lorenzo Donnelly, Francisco
García Mansilla y Arturo Jorge Acevedo; Directores suplentes: Marcus Granderson, Martín Donnelly y Tomás
Acevedo. Todos ellos aceptaron sus cargos y constituyeron domicilio especial en Esmeralda 1320, 4° A (CABA),
con excepción de Paul Mahoney y Marcus Granderson, quienes constituyeron domicilio especial en Maipú 1300,
piso 9° (CABA);(ii) designar como síndico titular a Francisco Pociello Argerich y síndico suplente a Esteban Micheli.
Ambos aceptaron los cargos en dicho acto y constituyeron domicilio especial en Esmeralda 1320, 4° A (CABA) y
(iii) reformar el estatuto de la sociedad, incorporando al mismo el artículo 14, quedando redactado de la siguiente
manera: “Artículo 14: Las reuniones de asamblea y de directorio podrán celebrarse, indistintamente, en forma
presencial o mediante medios de comunicación a distancia, tales como videoconferencias, teleconferencias y/o
cualquier otra plataforma de comunicación remota que permita la transmisión en simultáneo de audio y video,
ya sea en su primera o segunda convocatoria, siempre que se garantice: a) la libre accesibilidad de todos los
participantes a las reuniones; b.) la posibilidad de participar de la reunión a distancia mediante plataformas que
permitan la transmisión en simultáneo de audio y video; c.) la participación con voz y voto de todos los miembros
y del órgano de fiscalización, en su caso; d.) que la reunión celebrada de este modo sea grabada en soporte
digital; e.) Que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de 5 años, la
que debe estar a disposición de cualquier asociado que la solicite; f.) Que la reunión celebrada sea transcripta en
el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron y estar suscriptas
por el representante social y g.) Que en la convocatoria y en su comunicación por el medio impuesto legal o
estatutariamente debe fijarse el medio de comunicación y el modo de acceso al mismo a los efectos de prever
dicha participación, cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la Resolución General IGJ N° 7/2015,
en la Resolución General IGJ N° 11/2020, /o en todas las demás normas complementarias y/o modificatorias que
pudieran dictarse en el futuro.” Autorizado según instrumento privado Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de
fecha 29/09/2023
FRANCISCO POCIELLO ARGERICH - T°: 30 F°: 593 C.P.A.C.F.
e. 18/01/2024 N° 2260/24 v. 18/01/2024