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N° 2255/24 Aviso del Boletín Oficial

ARMANDO ARQUITECTURA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 18 de enero de 2024

Texto del aviso

ARMANDO ARQUITECTURA S.R.L.

Por Inst. Privado del 12/12/2023 se constituyó ARMANDO ARQUITECTURA S.R.L., 1) Juan Crisóstomo MURGA,

argentino, 04/10/1948, M8.271.097, C.U.I.T. 20-08271097-4, casado abogado, Virasoro 2005, Beccar, San Isidro,

Pcia. Bs. As; y Esteban MURGA, argentino, 07/04/1983, soltero, 30.184.183, C.U.I.L. 20-30184183-4, arquitecto,

Alsina 359, dpto. “1”, San Isidro, Pcia. Bs. As., 2) Tucumán 540, piso 22, of. “G”, CABA 3) estudio, proyección,

desarrollo, dirección, dirección de obra, dirección ejecutiva y ejecución de obras de ingeniería y arquitectura de

todo tipo; ejecución de proyectos, administración y realización en general de obras de arquitectura o ingeniería,

en edificios propios o de terceros, construcción. refacción, remodelación, reciclaje, ampliación y demolición

de todo tipo de inmuebles, incluso los comprendidos en el Régimen de Propiedad Horizontal, o bajo cualquier

otro régimen, sea de viviendas individuales, multifamiliares o colectivas, oficinas, establecimientos comerciales

e industriales, urbanos y no urbanos; compra, venta, acopio, importación, exportación y comercialización de

elementos, maquinarias, insumos y productos relacionados con el objeto; construcción al costo o bajo el régimen

de consorcio y por cualquier otro régimen o sistema actual o futuro. A los fines expuestos, la sociedad tiene

plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no sean

prohibidos por las leyes o este estatuto, inclusive las prescriptas por el artículo 375 y concordantes del Código

Civil y Comercial. Las actividades sociales se realizarán por cuenta propia o de terceros o asociadas a éstos o en

comisión o por mandatos de terceros, en asociación, en uniones transitorias de empresas, en cualquier parte del

país o del extranjero. Se establece que las actividades profesionales están reservadas a quienes tengan el título

universitario habilitante correspondiente y se realizarán con profesionales habilitados según lo establezcan las

leyes reguladoras de la materia. Quedan excluidas las operaciones contempladas en el artículo 93 de la ley 11.672

y toda otra que requiera el concurso público; 4) 30 años; 5) $ 1.000.000, dividido en 10 cuotas de $ 100.000 VN

y 1 voto por cuota, Esteban MURGA 9 cuotas y Juan Crisóstomo MURGA 1 cuota; 6) y 7) Uno o más gerentes,

socios o no, individualmente, tiempo indeterminado. Socio gerente: Esteban MURGA domicilio especial sede

social; Sindicatura: Prescinde; 8). 30/09 Autorizado según instrumento privado contrato de fecha 12/12/2023

Florencia Carolina Samah - T°: 131 F°: 463 C.P.A.C.F.

e. 18/01/2024 N° 2255/24 v. 18/01/2024