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N° 2664/24 Aviso del Boletín Oficial

GNYES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 23 de enero de 2024

Texto del aviso

GNYES S.A.

CUIT 30-71768230-7. Por Acta de Asamblea del 15/1/24 se modificaron los artículos cuarto y noveno del contrato

social; estableciendo en su artículo cuarto que: “ARTICULO CUARTO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto

dedicarse a la explotación por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades:

Servicios de construcción, instalación y mantenimiento, para obras civiles de electrificación de redes en baja y media

tensión, redes de datos, fibra óptica, domótica e instalaciones de energía renovable. Realizar la comercialización,

importación, exportación, distribución y transporte de materiales de construcción electromecánicos, eléctricos,

maquinarias, herramientas e insumos para el rubro mencionado. Asociaciones con terceros, mediante la fundación

de sociedades comerciales nuevas o asociativos por contratos de colaboración empresaria, ambos con empresas

nacionales o extranjeras que industrialicen o comercialicen los bienes que hacen al objeto principal de la sociedad.

En el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social la sociedad velará por la generación de un impacto

social positivo para las personas vinculadas a ésta y al medioambiente local y global, prestando servicios de

capacitación para empresas y personal de las mismas, como también dictar y organizar dentro del país y en el

exterior cursos orientados al cuidado del medioambiente, a efectos de incorporar a la sociedad en la Comunidad

de empresas adheridas al movimiento B. Toda actividad que así lo requiera será desarrollada por profesionales

idóneos, con los debidos permisos y/o habilitaciones municipales, provinciales y nacionales“; y se deja asentado

en su artículo noveno que “En el desempeño de su cargo los administradores deberán tener en cuenta en sus

decisiones y actuaciones los efectos de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de (i) los

socios, (ii) los empleados de la sociedad y de sus filiales, (iii) los clientes, proveedores y otras partes directa o

indirectamente vinculadas a la sociedad como la comunidad en donde, directa o indirectamente, opera la empresa.

Asimismo deberá velar por la protección del medio ambiente local y global y por los intereses de la sociedad en

el corto y largo plazo. El cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores solo podrá ser

exigible por los socios”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 15/01/2024

Alejandro Mauricio Belieres - T°: 35 F°: 648 C.P.A.C.F.

e. 23/01/2024 N° 2664/24 v. 23/01/2024